Desde fines de 2012, la Oficina Nacional de Gobierno Interior (Onagi), entidad adscrita al Ministerio del Interior, otorga autorización a las empresas para que efectúen promociones comerciales que incluya la entrega de premios. Ahora la entidad ha incluido entre sus competencias autorizar a los 'retailers' para que puedan brindar ofertas tipo 2X1, 3X2 y bonos de descuento.
Eso quiere decir que si una tienda por departamento lanza una oferta 2X1 en prendas para damas le tendrá que solicitar autorización a la Onagi, que le responderá en 10 días hábiles. Si la entidad no se pronuncia dentro de ese plazo se considera silencio administrativo negativo, en otras palabras, la empresa no podrá lanzar la promoción.
ComexPerú ya ha expresado su rechazo alegando que las promociones comerciales en cuestión no involucran la entrega de premios por lo que no debería pedirse autorización para llevarlas a cabo. Para el especialista en protección al consumidor Ivo Gagliuffi, "aparentemente, el razonamiento de la Onagi es que, en el caso de las promociones 2X1, el primer producto es pagado y el segundo es un premio, (al igual que) los bonos de descuento".
"Bajo esa figura se asume que el bono es un premio y que el segundo producto (promociones 2X1) también lo es, pero en rigor no es así. Es una estrategia de precio", complementa el publicista Juan José Tirado, gerente general adjunto de LatinBrands. "(Un premio está involucrado en) un concurso, un sorteo o un canje y eso no ocurre ni con las ofertas tipo 2X1 ni con los bonos de descuento".
¿Entrega de bonos?Cuando se solicita autorización a la Onagi para ofrecer una promoción comercial, se activa el mecanismo de supervisión y fiscalización. Es decir, la entidad exige un reporte de cómo concluyó la promoción y ahí los escenarios son diversos.
Si una automotriz ofrece bonos de descuento de US$ 2 mil por cada camioneta que venda en determinada fecha, tiene un stock de 50 vehículos pero solo logra vender 34, entonces debería entregarle a la Onagi los 16 bonos que quedaron, o sea US$ 32 mil.
"Si seguimos el razonamiento de la Onagi, habría que entregarle los bonos de descuento que no se llegaron a otorgar durante los días de la promoción, porque el premio no es la camioneta, sino el descuento de US$ 2 mil", explica el abogado. "Digamos, si el bono es un conjunto de asientos de cuero, se aplicaría lo mismo: si no se llegaran a vender los 50 autos, la compañía tendría que entregar los asientos que sobraron por cada camioneta no vendida".
¿Incoherencia?En un comunicado, donde no hubo un pronunciamiento sobre los bonos de descuento, la Onagi indicó que, para efecto de promociones 2X1, las empresas no se verán en obligación de entregar los productos que no se vendieron durante la promoción porque éstos no son considerados premios, sino "canjes gratuitos".
De acuerdo al publicista Juan José Tirado, "para el sector publicitario ese concepto no es válido, un canje gratuito consiste, por ejemplo, en entregar al proveedor una chapita de gaseosa para recibir un premio sin pago alguno, pero en las ofertas 2×1 o 3×2 el proveedor no regala productos, sino que aplica descuentos por compras en paquete".
Para Gagliuffi, hay un contrasentido porque si la entidad "reconoce que las promociones citadas no son premios, entonces por qué exige autorización. Eso nos lleva a apreciar que su interpretación extensiva es que ya no solo van a pedir autorización para promociones comerciales que otorguen premios sino para cualquier promoción, con lo cual nos estamos asomando a un panorama un poco siniestro".
¿Doble sanción?Con la "Ley de Represión de la Competencia Desleal" y el "Código de Protección y Defensa del Consumidor", Indecopi está facultada para sancionar promociones engañosas y proteger a los consumidores, por lo que cubre las competencias de la Onagi, que está encargada de autorizar, fiscalizar y supervisar las promociones comerciales que otorgan premios. De manera que se genera duplicidad de funciones.
Por esa razón, de acuerdo a Gagliuffi, podrían surgir dos sancionadores en ciertos casos. Mientras la Onagi puede colocar una multa de 1 a 100 UIT por incumplimiento en una entrega de premios que autorizó, Indecopi puede establecer una sanción de hasta 700 UIT por una promoción engañosa. Cada entidad se basaría en su propio reglamento, pero en el fondo ambas están sancionando por un mismo concepto: una promoción que no cumplió con lo que ofrecía.