Redacción Gestión

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El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones () ratificó una sanción de S/. 196,350 (51 UIT) contra , al declarar infundada una apelación interpuesta por la empresa.

La sanción fue impuesta por suspender los servicios de a 14 usuarios mientras sus reclamos estaban siendo procesados.

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La sanción emitida por el Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios (TRASU) del Osiptel consideró que la empresa incumplió con la norma que prevé la restricción a las empresas operadoras de suspender la prestación del servicio, luego de presentado un reclamo y mientras el procedimiento no hubiera concluido.

Entel del Perú S.A. reconectó los servicios de telefonía móvil ¬-en todos los casos y antes de emitida la resolución del TRASU- y realizó las devoluciones correspondientes, tanto por el monto reclamado en el procedimiento de origen, así como el correspondiente cargo por reconexión producido por la suspensión.

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