El Congreso aprobó por insistencia la ley 6649 que deroga el Decreto de Urgencia 014-2020, que planteaba la libertad de establecer incrementos salariales sin límites en la negociación colectiva del sector público.

La misma que fue observada por Ejecutivo en diciembre del 2020. En la observación del Ejecutivo detalla que los trabajadores tienen derecho a la negociación colectiva, según lo reafirma el Tribunal Constitucional, pero la misma entidad remarca que la regulación debe enmarcarse en el equilibrio presupuestal.

En el documento enviado a la presidenta del Congreso -en diciembre- se explicaba que, la derogación constituye un retroceso en la labor que viene desarrollando el Ejecutivo para ordenar el sector público en materia de derechos laborales, y garantizar su aplicación en condiciones de igualdad para todos los servidores públicos.

Recuerda que, a mediados del año pasado el Congreso aún tenía pendiente la regulación de la negociación colectiva en el sector público, según lo ordenado por el Tribunal Constitucional, pero dado el cierre del Parlamento se encargo a Servir y al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) a elaborar la regulación de la norma que se materializó en el DU 014-2020, publicado el 23 de enero del 2020.

-Negociaciones colectivas y casos-

Entre los años 2016 y 2020, se han recibido 1,394 pliegos de reclamos para ser tramitados ante el Ministerio de Economía y Finanzas, por parte de 507 entidades públicas, la mayoría de municipalidades.

En estos pedidos hay 23,078 conceptos de negociación, de los cuales 6,950 son solicitudes de bonificación, que en su mayoría son por años de servicio, fechas conmemorativas y alimentación; y 3,318 exigencias para las organizaciones sindicales, luego más abajo están los aumentos remunerativos, en 1,700 pedidos conceptos.

Entre algunos pedidos que se sujetan a la negociación colectiva, en el que se escudan de los beneficios laborales están los préstamos de dinero de acuerdo a la cantidad de familiares, actividad recreativas, viajes al extranjero o fuera de la región donde laboran.

Además, están los bonos, como: bono por puntualidad de hasta S/ 5,000, bono por cierre de pliego de reclamos por S/ 30,000 o bono por el día del trabajador municipal por hasta S/ 6,600.

A ello se suman, Licencias con goce, en el que se pide reducción del horario de trabajo por cinco horas al día, licencia por enfermedad sin constancia médica, derecho de ausencia por 8 horas al mes por temas personales o días no laborables posteriores a feriados nacionales y otras fechas conmemorativas.

Es decir, apelando a la negociación colectiva impulsan exigencias sin límites que lo llevan, en muchas ocasiones a procesos de arbitraje, en el que salen beneficiado en los pedidos antes mencionados.

Según el DU 014-2020, los pedidos deben ser primero analizados por el MEF, para observar el presupuesto, sin embargo con la derogatoria los pedidos ya no pasarían por el informe del MEF y por lo tanto seguirían la ampliación de pedidos sin límites.

Por ello, el Gobierno observó la medida, la misma que fue desestimada por el parlamento.

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