En el episodio de esta semana nos acompaña Adolfo Morán, Senior del área de Regulación Financiera y FinTech de EY Law y Walter Alvarez, Gerente del área de Competencia y Mercados en EY Law, con quienes profundizaremos sobre los aspectos clave de la propiedad intelectual que deben tener en consideración las Fintech, en el marco de la Guía de Negocios FinTech 2021/2022 editada por EY Law en colaboración con el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú.
Las empresas del ecosistema FinTech se caracterizan por utilizar softwares, para brindar servicios financieros, los cuales en muchos casos son creados o desarrollados por estas mismas compañías o por sus cofundadores. El software forma parte del core del negocio y por tanto debe ser un recurso muy bien protegido. En nuestra legislación, el desarrollo de un software está protegido desde su generación por las normas de derechos de autor.
Al respecto, Walter sostiene que “es necesario que el software cumpla con tres requisitos establecidos por las normas de derechos de autor: capacidad de divulgación (que pueda ser leído en su propio lenguaje de programación), originalidad (que el código fuente sea diferente a cualquier otro) y capacidad de reproducción (que pueda ser fijado en un soporte para su ejecución)”.
Existe un doble componente en el ámbito legal; por un lado, están los aspectos morales del software y, por otro los aspectos patrimoniales o económicos, los cuáles otorgan la capacidad de explotar y comercializar el software. La protección legal del software a través del derecho de autor se mantiene vigente durante toda la vida de los desarrolladores y hasta 70 años luego de su fallecimiento.
Respecto de otros derechos de propiedad intelectual, las marcas, por ejemplo, nuestro marco legal señala que éstas deben ser registradas necesariamente para obtener la protección legal y, para ello, se debe presentar una solicitud a la oficina de marcas del Indecopi, quien evaluará principalmente el nivel de distintividad para acceder al registro. Una vez inscrita la marca, la protección legal será por diez años, pudiendo ser renovada de forma indefinida.
Muchas veces, para poder reforzar la presencia de una marca en el mercado, se utilizan frases o “slogans” por campaña, las cuáles pueden ser muy recordadas por las personas, por lo que sería valioso que sean registradas como “lemas comerciales” ante la misma oficina del Indecopi.
Acerca de los secretos empresariales, Walter comenta que son un tipo particular de derechos de propiedad intelectual, que buscan establecer una protección legal de la información que no ha sido objeto de difusión, más allá de sus características propias.
Finalmente, aborda el tema de cómo demandar/denunciar que alguien está vulnerando un secreto empresarial. Las autoridades de competencia pueden conocer y sancionar a una persona por haber violado el secreto empresarial de otra. Las multas en este caso pueden llegar hasta las 700 UIT, lo que para el 2022 será mayor a los S/. 3 millones.