El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) aprobó este jueves el “Protocolo sanitario sectorial ante el COVID-19 para turismo de aventura, canotaje y caminata”, mediante Resolución Ministerial Nº 171-2020-Mincetur, publicada hoy en el diario oficial El Peruano.
La norma indica que las actividades de turismo de aventura, canotaje y caminata podrán volver a operar en el marco de la tercera fase de reactivación económica aprobada por el Gobierno. La fase 3 inició en julio pasado.
En tal sentido, es importante mencionar que han quedado excluidas de la implementación de la tercera fase de reactivación económica, las actividades que se desarrollan en siete regiones: Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash.
Este protocolo establece diversas medidas preventivas sanitarias con el único objetivo de salvaguardar la salud de los trabajadores y usuarios.
De este modo, se establecen disposiciones de higiene y saneamiento; uso de equipos de protección; protocolos en áreas de atención, áreas administrativas y áreas operativas; designación de personal para actividades de identificación de sintomatología; entre otros considerandos.
Cabe mencionar que antes de la apertura, los establecimientos de hospedaje deben elaborar su Plan para la vigilancia, prevención y control de covid-19 en el trabajo. Asimismo, remitir el referido plan vía correo electrónico al Ministerio de Salud, a la dirección electrónica: empresa@minsa.gob.pe.
En ese sentido, el Mincetur invocó a los gobiernos regionales y locales a monitorear el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el protocolo.