
El Servicio de Impuestos Internos (IRS) comenzó a emitir reembolsos automáticos a contribuyentes con saldos no utilizados del crédito tributario por adopción de años anteriores. La medida alcanza a más de 50,000 personas y, según anunció la agencia el 16 de octubre, se espera completar los ajustes para la mayoría de los elegibles antes de que termine 2026. De acuerdo con la interpretación del Departamento del Tesoro, los saldos correspondientes a los años tributarios 2020 a 2024 pueden aumentar la parte reembolsable del crédito de 2025, hasta un límite de US$5,000 por menor que cumpla los requisitos. A continuación, te explicamos por qué se realizan estos ajustes, quiénes pueden recibir un reembolso y cómo saber si te corresponde.

LA RAZÓN POR LA QUE EL IRS ESTÁ EMITIENDO ESTOS REEMBOLSOS
El Departamento del Tesoro aclaró que, solo para el año tributario 2025, los saldos del crédito por adopción que quedaron pendientes de 2020 a 2024 pueden aumentar la parte reembolsable del crédito. Por eso, el IRS está ajustando las declaraciones de los contribuyentes que cumplen los requisitos y emitiendo los reembolsos correspondientes.
Esto significa que algunas familias pueden recibir dinero incluso si no deben impuestos. El límite de la parte reembolsable es de US$5,000 por cada menor elegible; no significa que todas las familias recibirán esa cantidad.
¿QUIÉNES PUEDEN RECIBIR EL REEMBOLSO?
Según las preguntas frecuentes del IRS, deben cumplirse estas condiciones:
- Haber presentado una declaración de 2025 mediante el Formulario 1040, 1040-SR o 1040-NR.
- Haber reclamado, o haber sido elegible para reclamar, el crédito por adopción en el Formulario 8839, Gastos de Adopción Calificados.
- Tener saldos del crédito de años anteriores disponibles para utilizarse en 2025.
- Que la información de la declaración y de la cuenta permita al IRS determinar que corresponde aumentar la parte reembolsable.
Los créditos no utilizados pueden trasladarse hasta cinco años. Por eso, para este ajuste de 2025 pueden considerarse saldos originados entre 2020 y 2024; es decir, los anteriores a 2020 ya vencieron.
Cabe precisar que no basta con haber adoptado durante esos años: debe existir un saldo disponible que cumpla las reglas.
¿QUÉ MONTO RECIBIRÁN?
Si bien, el límite de US$5,000 por menor corresponde a la parte reembolsable del crédito por adopción de 2025; no significa que cada familia recibirá esa cifra. El monto depende del crédito permitido, los saldos disponibles, el número de menores elegibles, los límites de ingresos y los demás datos de la declaración.
Además, el ajuste puede producir tres resultados:
| Resultado posible | ¿Qué significa? |
|---|---|
| Un reembolso | El ajuste genera dinero que debe devolverse al contribuyente. |
| Una reducción de la deuda | El crédito disminuye un saldo pendiente o se aplica a otra deuda. |
| Ningún cambio en el importe final | Las circunstancias de la cuenta no generan una devolución adicional ni una reducción del saldo. |
¿SE DEBE HACER ALGÚN TRÁMITE?
En general, no. Quienes presentaron su declaración de 2025 antes del 15 de abril de 2026 recibirán automáticamente el ajuste que corresponda. Las personas que presentaron con prórroga, o cuyas cuentas tengan indicadores de robo de identidad, bloqueos, conflictos sobre dependientes u otros problemas, serán revisadas después de que se procese la declaración o se resuelva el inconveniente.
La automatización depende de que el IRS tenga información suficiente para identificar el saldo y recalcular el crédito. Por eso, el organismo aclara que la medida no se aplica automáticamente a todas las personas con créditos por adopción de años anteriores.
“Al emitir reembolsos sin exigir a las familias elegibles que presenten una declaración enmendada, el IRS está ayudando a reducir la carga financiera de quienes decidieron adoptar un niño. Este cambio administrativo ayudará a las familias a acceder a los beneficios fiscales a los que tienen derecho de la manera más rápida y sencilla posible”, dijo el director ejecutivo del IRS, Frank J. Bisignano.
¿DE QUÉ FORMA SABER SI TE CORRESPONDE EL REEMBOLSO?
El IRS enviará un aviso, generalmente dentro de los 30 días posteriores al ajuste, con el importe y una explicación de si generó un reembolso o se aplicó a otra deuda tributaria o no tributaria. Por tal motivo, recomienda a los contribuyentes revisar la notificación cuidadosamente, compararla con su declaración de impuestos de 2025 y guardarla junto con sus registros fiscales.
También permite consultar información de la cuenta y avisos mediante la Cuenta individual en línea del IRS.
¿QUÉ PASA SI NO RECLAMASTE EL CRÉDITO POR ADOPCIÓN EN TU DECLARACIÓN DE IMPUESTOS DE 2025?
Si no solicitaste el crédito por adopción en el año fiscal 2025, pero presentaste el Formulario 8839 entre los años fiscales 2020 y 2024, el cual mostraba un crédito por adopción arrastrable de años anteriores, es posible que recibas el ajuste sistémico. Si no proporcionaste suficiente información para que el IRS determinara tu crédito admisible, es posible que la agencia no pueda realizar el ajuste sistémico.
“Es posible que deba presentar el Formulario 1040-X, Declaración de Impuestos sobre la Renta Individual de los Estados Unidos Enmendada, junto con el Formulario 8839 para solicitar el crédito”, señala IRS.







