El Seguro Social de Estados Unidos tiene normas establecidas sobre el cobro de sus beneficios en el extranjero (Foto: Freepik)
El Seguro Social de Estados Unidos tiene normas establecidas sobre el cobro de sus beneficios en el extranjero (Foto: Freepik)

Para muchos hispanos que llevan años trabajando en Estados Unidos —ya sea en la construcción, la limpieza, restaurantes, transporte, oficinas o en el cuidado de niños y adultos mayores— la gran pregunta en 2026 es qué ocurre con susi deciden hacer vida fuera del país. No se trata solo de un detalle legal: para quienes piensan regresar a su país de origen o mudarse a un lugar más económico para jubilarse, entender estas reglas es una decisión de vida que afecta directamente su bolsillo y su tranquilidad. En ciudades como Miami, Nueva York, Dallas, Los Ángeles o Chicago circulan versiones encontradas: que “los beneficios se pierden si te vas”, que “te siguen pagando viva donde vivas” o que “todo depende del banco”. En realidad, el panorama es mucho más matizado: sí es posible seguir cobrando en el extranjero, pero las condiciones cambian según tu estatus migratorio, tu ciudadanía y, algo de lo que casi nunca se habla en las sobremesas ni en los chats de WhatsApp familiares, si tu país está o no en la famosa Lista de Países 1 de la Administración del Seguro Social (SSA).

El Seguro Social no se pierde por mudarte, pero no funciona igual para todos. La SSA tiene políticas específicas para quienes viven fuera de Estados Unidos, y esas reglas dependen de si eres ciudadano estadounidense, residente permanente (titular de green card) o extranjero no residente. Entender esa diferencia es clave antes de hacer planes definitivos de mudanza o renunciar a la ciudadanía o a la residencia pensando únicamente en los impuestos.

EL ESTATUS MIGRATORIO SÍ IMPORTA

Uno de los errores más frecuentes es creer que da lo mismo seguir siendo ciudadano estadounidense que haber renunciado a la ciudadanía o a la green card. Cuando una persona pasa a ser considerada extranjero no residente para efectos fiscales, el tratamiento de sus beneficios del Seguro Social cambia, y casi nunca para mejor.

Esto afecta directamente:

  • Beneficios de jubilación.
  • Pagos por discapacidad.
  • Pagos para sobrevivientes (cónyuges, hijos o dependientes).

Muchas personas toman decisiones migratorias para simplificar sus impuestos federales o estatales, sin medir el impacto a largo plazo en su jubilación ni en la posibilidad de seguir cobrando sus beneficios si se establecen fuera de Estados Unidos.

IMPUESTOS AL SEGURO SOCIAL EN EL EXTRANJERO

Para quienes son considerados extranjeros no residentes, la regla general es dura: se aplica una retención del 30 % sobre el 85 % de los beneficios del Seguro Social, lo que se traduce en una carga fiscal efectiva de alrededor de 25,5 %.

Además:

  • No se pueden reclamar deducciones personales.
  • No se aplican tramos de impuestos más bajos.
  • La retención es automática, salvo que exista un tratado fiscal que la reduzca o elimine.

Estados Unidos tiene acuerdos fiscales con varios países, incluyendo algunos de América Latina y Europa, pero no con todos. Por eso, antes de mudarte definitivamente a tu país de origen o a un tercer país “más barato”, es importante revisar si existe un tratado fiscal vigente que te proteja frente a la doble tributación.

¿SE PUEDE COBRAR EL SEGURO SOCIAL VIVIENDO FUERA DE EE. UU.?

En teoría, si ya cumpliste con los requisitos de trabajo y edad, tus derechos al beneficio se mantienen, aunque vivas en el extranjero. En la práctica, el panorama es más complicado para quienes no son ciudadanos estadounidenses.

La SSA puede suspender tus pagos si no cumples ciertas condiciones, por ejemplo:

  • Pasar demasiado tiempo seguido fuera de Estados Unidos siendo no ciudadano.
  • Vivir en países que tienen restricciones especiales.

Esto afecta especialmente a jubilados hispanos que decidieron regresar a sus países —como México, Colombia, República Dominicana, Perú o El Salvador— después de décadas en Estados Unidos, y que se enteran de estas reglas cuando ya están instalados con su familia.

Sí se puede cobrar los beneficios del Seguro Social en el extranjero, pero existen ciertas restricciones (Foto: Freepik)
Sí se puede cobrar los beneficios del Seguro Social en el extranjero, pero existen ciertas restricciones (Foto: Freepik)

LA REGLA DE LOS SEIS MESES

Uno de los puntos que más sorprende es la llamada “regla de los seis meses”. Si un beneficiario que no es ciudadano estadounidense permanece fuera de Estados Unidos durante seis meses calendario completos, sus pagos del Seguro Social se suspenden a partir del séptimo mes.

Para reactivar los pagos, la persona debe:

  • Regresar a Estados Unidos.
  • Permanecer legalmente en el país durante un mes calendario completo.

Para muchas personas mayores que ya están establecidas en otro país, hacer viajes frecuentes solo para mantener vivo el beneficio puede ser costoso, desgastante y, en algunos casos, médicamente complicado.

CUANDO TU PAÍS NO ESTÁ EN LA LISTA

El riesgo aumenta si tu país de ciudadanía no está en las listas de excepciones que maneja la SSA. Esto puede ocurrir con algunos países del Golfo, varias naciones africanas, ciertos países de la antigua Unión Soviética y regiones de Asia Central.

En esos casos, el beneficiario podría verse obligado a:

  • Viajar periódicamente a Estados Unidos.
  • Ajustar su planificación financiera y de residencia.

Para quienes sueñan con pasar su jubilación cerca de su comunidad, de sus tradiciones, o en la misma ciudad donde crecieron, esta condición puede convertirse en un obstáculo real para una vejez tranquila

LA EXCEPCIÓN CLAVE: LISTA DE PAÍSES 1 DE LA SSA

La buena noticia es que existe una categoría muy favorable: la Lista de Países 1 de la SSA. Si tienes ciudadanía de uno de esos países, la regla general es que puedes recibir tus pagos del Seguro Social en el extranjero de forma continua, sin la obligación de regresar a Estados Unidos cada seis meses únicamente para evitar la suspensión.

Esto es especialmente relevante para muchos hispanos con doble ciudadanía o que se mudaron a países con sistemas médicos y costos de vida más accesibles, pero que necesitan seguir recibiendo su cheque mes a mes para cubrir gastos como la renta, medicinas, comida y apoyo a familiares.

PAÍSES INCLUIDOS EN LA LISTA DE PAÍSES 1 (2026)

De acuerdo con la Administración del Seguro Social, estos son los países que integran la Lista de Países 1 en 2026:

  • Alemania
  • Austria
  • Bélgica
  • Brasil
  • Canadá
  • Chile
  • Corea del Sur
  • Dinamarca
  • Eslovenia
  • España
  • Finlandia
  • Francia
  • Grecia
  • Hungría
  • Irlanda
  • Islandia
  • Israel
  • Italia
  • Japón
  • Luxemburgo
  • Noruega
  • Países Bajos (Netherlands)
  • Polonia
  • Portugal
  • Reino Unido
  • República Checa
  • República Eslovaca
  • Suecia
  • Suiza
  • Uruguay

Para los hispanos que obtuvieron la ciudadanía de alguno de estos países —por ejemplo, quienes viven en España, Brasil, Chile, Canadá o Uruguay— esto puede significar que sus pagos del Seguro Social se mantengan estables y “portátiles”, sin importar que ya no estén físicamente en Estados Unidos, siempre que sigan siendo elegibles para el beneficio.

Reclamar y mantener los beneficios del Seguro Social en 2026 desde el extranjero es posible, pero está lejos de ser automático. Tu estatus (ciudadano, residente o no residente), tu país de ciudadanía y si ese país forma parte de la Lista de Países 1 o tiene tratado fiscal con Estados Unidos pueden marcar la diferencia entre seguir cobrando sin interrupciones o enfrentarte a una suspensión inesperada.

Antes de tomar la decisión de empacar tus cosas, cerrar tu apartamento en Estados Unidos y mudarte definitivamente a otro país, vale la pena sentarte con calma, revisar estas reglas y, si es necesario, consultar con un especialista en temas de Seguro Social y fiscalidad internacional. En un sistema tan complejo como el estadounidense, la información clara y oportuna es, muchas veces, tan valiosa como el cheque mensual que esperas en tu cuenta.

Facha de una oficina de la Administración del Seguro Social en Kansas (Foto: Google Maps)
Facha de una oficina de la Administración del Seguro Social en Kansas (Foto: Google Maps)