De acuerdo con el Ministerio de Trabajo (MTPE), la jornada máxima legal en el Perú es de 48 horas semanales, sin considerar el tiempo de refrigerio.
Si el trabajador tiene un contrato sujeto a fiscalización, se considerará como sobretiempo las horas que haya laborado fuera de su jornada diaria.
Por ejemplo, si tiene un horario de seis días a la semana, debe trabajar como máximo ocho horas, sin contar el refrigerio; lo que haga a partir de la hora nueve, se considerará como sobretiempo.
"El trabajo en sobretiempo es voluntario y el tipo de compensación se acuerda entre el trabajador y el empleado. Se puede acordar el pago por horas extras (que tiene una tasa superior) o se puede compensar las horas extras con periodos equivalentes de descansos", comenta Ana Cecilia Torres, coordinadora de Capacitación y Difusión Laboral del MTPE a gestion.pe.
"En este caso el empleador ya no está obligado a pagar ninguna sobretasa; al finalizar el mes percibirá su remuneración ordinaria sin ningún incremento (...) El trabajador podría acumular todas las horas extras de varios días y compensarlas de manera conjunta o en distintos días; dependiendo del acuerdo entre las partes", agrega.
Cabe señalar que en principio la compensación de las horas extras debe realizarse en el mes calendario siguiente a aquel en el que se realizó el trabajo excediendo la jornada diaria o semanal. No obstante, se podría pactar para que dicha compensación se realice después del mes siguiente a aquel en el que se realizó las horas extras.
Según el MTPE, no es posible compensar al trabajador con días feriados o no laborales para la empresa, ni con su día de descanso semanal. Además, es obligatorio que el acuerdo se efectúe por escrito; aunque no hay necesidad de presentarlo ante el ministerio.
En caso no se acuerde el descanso físico como pago de la acumulación de horas extras, el pago por cada hora trabajada supone un monto diferenciado.
"Este recargo se fija por acuerdo entre las partes, pero no debe ser menor a lo que establece la ley: que las dos primeras horas se pague, por cada una, el 25% del valor hora; y a partir de la tercera hora el 35%", detalla la Sunafil.
Ejemplo:
Si el sueldo del trabajador es S/ 1,000; para calcular su valor día, hay que dividirlo entre 30. Entonces, cada día del trabajador vale S/ 33.33.
Para calcular el valor hora, se debe dividir el valor día (S/ 33.33) entre 8 horas (jornada laboral); y le da como resultado S/ 4.17.
"Entonces, por cada una de las 2 primeras horas extras trabajadas (S/ 4.17 + (25% de S/ 4.17)) se le pagará al trabajador S/ 5.21. Si trabajó dos horas más, se le pagará S/ 10.42 adicionales a su valor día.
Si trabajó más de dos hora el pago será mayor (S/ 4.17 + (35% de S/ 4.17)); en este ejemplo, a partir de la tercera hora extra cobrará S/ 5.63.
"En caso de no respetar las disposiciones relacionadas con el trabajo en sobretiempo se estaría incurriendo en una infracción muy grave en materia de relaciones laborales; lo cual es pasible de sanción", advierte Torres.
Dato
Las horas extras son pagadas junto con el pago del sueldo y su monto debe ser registrado en el libro de planillas de pago de remuneraciones en un rubro por separado.
Nota actualizada.