
Desde el 1 de enero de 2027, los residentes de Florida tendrán más alternativas para pagar impuestos, multas, licencias y costos judiciales ante sus gobiernos locales. La HB 967, firmada por el gobernador Ron DeSantis, obligará a municipios, condados, distritos especiales y distintas oficinas públicas a aceptar tarjetas y transferencias electrónicas, además de ofrecer una opción de pago por internet. El cambio apunta a reducir las gestiones presenciales que, para muchos contribuyentes en zonas como Miami-Dade, Broward, Orange, Hillsborough y Palm Beach, implican acomodarse al horario de atención, trasladarse a una sede y esperar en fila.
La norma modifica la sección 215.322 de los Estatutos de Florida, que regula la recepción de pagos electrónicos por parte de organismos públicos locales. Su principal cambio es que esa posibilidad deja de ser voluntaria. Hasta ahora, una ciudad o un condado podía decidir si incorporaba ciertos medios digitales; con la nueva legislación, deberá aceptarlos, excepto cuando otra disposición establezca una modalidad diferente para un trámite determinado.
Para muchas familias hispanas, esta actualización puede facilitar gestiones que antes requerían trasladarse a una sede gubernamental durante la jornada laboral. Quienes viven en comunidades como Hialeah, Doral, Kissimmee, West Palm Beach o Tampa suelen combinar responsabilidades laborales, escolares y familiares, por lo que una plataforma disponible desde el celular o una computadora puede representar una alternativa útil. Aun así, cada entidad tendrá que implementar su propio sistema, por lo que será necesario revisar el portal oficial correspondiente antes de realizar cualquier transacción.

¿QUÉ CAMBIA CON LA HB 967?
La HB 967, identificada como Electronic Payments Made to Units of Local Governments, actualiza las reglas para el cobro de obligaciones financieras ante instituciones locales.
Antes de la modificación, los gobiernos municipales, las administraciones de condados y otras agencias podían recibir dinero mediante tarjetas o transferencias electrónicas. Desde 2027, la aceptación de estos recursos será obligatoria para las entidades incluidas en la ley.
La intención de la Legislatura de Florida es facilitar el acceso de la población a bienes, servicios e información pública a través de canales digitales. El texto también establece que los organismos cubiertos deberán disponer de una opción para recibir esas operaciones por internet.
MÉTODOS DE PAGO INCLUIDOS
Desde la entrada en vigor de la norma, las unidades de gobierno local deberán aceptar las siguientes alternativas para el pago de deudas, tasas o cargos administrados por esas oficinas:
| Método de pago | ¿Deberá ser aceptado bajo la HB 967? |
|---|---|
| Tarjetas de crédito | Sí |
| Tarjetas de cargo | Sí |
| Tarjetas de débito bancarias | Sí |
| Transferencias electrónicas de fondos | Sí |
| Pagos por internet | Sí, la entidad deberá contar con una opción digital |
La legislación contempla una excepción relevante. Los organismos no estarán obligados a utilizar estos canales cuando otra ley exija expresamente una forma distinta de pago.
Esto no significa que todos los trámites públicos podrán completarse desde casa. Algunas gestiones pueden requerir documentos originales, validación de identidad, firma presencial u otros procedimientos determinados por regulaciones separadas.
¿QUÉ OFICINAS DEBERÁN CUMPLIR?
El alcance de la HB 967 no se limita a las alcaldías. La obligación comprende varias dependencias que manejan pagos, cobros y responsabilidades administrativas a nivel local.
Entre las entidades señaladas en la legislación figuran:
- Municipios.
- Distritos especiales.
- Juntas de comisionados de condados.
- Otros órganos de gobierno de los condados.
- Gobiernos consolidados o metropolitanos.
- Secretarios de tribunales de circuito.
- Sheriffs.
- Tasadores de propiedades.
- Recaudadores de impuestos.
- Supervisores de elecciones.
Para los residentes, el cambio puede involucrar oficinas relacionadas con impuestos a la propiedad, licencias comerciales, multas de tránsito, sanciones civiles, costos judiciales y otros montos establecidos por las autoridades locales.
Una persona que deba pagar una factura vinculada al condado de Miami-Dade, una sanción en Broward o una tarifa municipal en Orlando deberá ingresar al sitio oficial de la institución responsable. La ley fija un requisito general, pero no crea una plataforma única que concentre todos los pagos de Florida.
LOS PAGOS DEBERÁN ESTAR DISPONIBLES EN LÍNEA
Uno de los puntos más importantes de la nueva normativa es la obligación de habilitar un método por internet. No será suficiente que una oficina tenga un lector de tarjetas en ventanilla; también tendrá que ofrecer una forma digital para recibir las operaciones contempladas en el texto.
La medida busca reducir la dependencia de las visitas presenciales para quienes necesitan cumplir con obligaciones ante una ciudad, un condado o una dependencia pública. Esto puede beneficiar a personas con horarios extensos, residentes que viven lejos de la sede correspondiente o usuarios que dependen del transporte público para movilizarse.
Sin embargo, la HB 967 no exige que todas las páginas de pago estén disponibles en español. En zonas con alta presencia latina, como el sur de Florida o el área de Orlando, será importante que las entidades proporcionen instrucciones claras y opciones de asistencia para quienes prefieran realizar sus trámites en ese idioma.
ASÍ FUNCIONARÁ DESDE 2027
| Aspecto | Regla establecida por la HB 967 |
|---|---|
| Aceptación de pagos electrónicos | Será obligatoria para las unidades de gobierno local incluidas |
| Tarjetas de crédito, cargo y débito bancarias | Deberán ser aceptadas, salvo que otra ley ordene otro mecanismo |
| Transferencias electrónicas | Deberán ser aceptadas |
| Pagos por internet | Las entidades deberán contar con un método digital para recibirlos |
| Entrada en vigor | 1 de enero de 2027 |
La norma dará a las administraciones locales un marco obligatorio para modernizar la recepción de fondos. Desde la fecha establecida, las oficinas contempladas deberán adecuar sus procedimientos y ofrecer a los contribuyentes más opciones para completar estas gestiones.
¿PODRÁN COBRAR UN CARGO ADICIONAL?
Sí. La HB 967 mantiene la posibilidad de aplicar un cargo adicional cuando una persona usa tarjeta o transferencia electrónica para completar determinados pagos. El objetivo de esa tarifa es cubrir los costos que cobran los bancos, las compañías de tarjetas y las empresas que procesan estas operaciones.
El recargo puede aparecer en transacciones relacionadas con:
- Impuestos.
- Tarifas por licencias.
- Matrículas o tuition.
- Multas.
- Sanciones civiles.
- Pagos ordenados por tribunales.
- Costos judiciales.
- Otros ingresos autorizados por ley.
Por esa razón, convendrá verificar el total antes de confirmar el pago. Que una gestión esté disponible por internet no significa necesariamente que no tendrá costo adicional, ya que algunas oficinas pueden trasladar al usuario las tarifas de procesamiento permitidas.
¿CUÁNDO ENTRA EN VIGOR LA HB 967?
La HB 967 comenzará a aplicarse el 1 de enero de 2027. A partir de esa fecha, los organismos locales cubiertos por la medida deberán incorporar los recursos electrónicos establecidos y mantener una alternativa por internet, salvo en los casos donde otra norma requiera una modalidad diferente.
La legislación supone un avance hacia la digitalización de los servicios públicos locales de Florida. Para los contribuyentes, puede significar más opciones para pagar obligaciones sin depender exclusivamente de una atención en persona.
El resultado dependerá de la forma en que cada ciudad, condado u oficina implemente su portal. Antes de realizar una operación, los usuarios deberán ingresar únicamente a páginas oficiales, revisar si se aplica una tarifa de conveniencia y conservar el comprobante digital como respaldo.






