El grupo de trabajo sectorial se crea de manera temporal  y es dependiente del MTC. (Foto: Gobierno Regional del Callao)
El grupo de trabajo sectorial se crea de manera temporal y es dependiente del MTC. (Foto: Gobierno Regional del Callao)

El ) aprobó la que dispone la prórroga de plazo de vigencia por 60 días del Grupo de Trabajo Sectorial encargado de facilitar la ejecución de proyectos de infraestructura de y terrestre en el .

Dicha resolución se publicó en el diario oficial El Peruano, sustentándose en la necesidad de prorrogar su vigencia por motivos de cumplir objetivos de dicho grupo sectorial creado de manera temporal.

“A efectos de proponer la implementación de medidas articuladas regulatorias y no regulatorias, así como estrategias y/o mecanismos orientados a solucionar la problemática actual y garantizar el desarrollo organizado de los proyectos de infraestructura en el Callao”, dice la referida norma.

Cabe recordar, que el grupo de trabajo sectorial temporal es dependiente dely denominado como “Grupo de Trabajo Sectorial encargado de facilitar la ejecución de los proyectos dee infraestructura de transporte en la Provincia Constitucional del Callao”.

Asimismo, según la Resolución Ministerial N° 382-2023-MTC/01, dicha grupo de trabajo tiene el objetivo de elaborar un plan de trabajo para el desarrollo de los proyectos dey tránsito terrestre en la Provincia Constitucional del Callao.

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Prórroga del plazo de vigencia

A través de la RM° 1607-2023-MTC/01, se aprobó la extensión de la duración por 60 días el grupo de trabajo sectorial encargado de los proyectos de infraestructura y transito terrestre en el Callao, contados a partir del 17 de octubre del presente año.

“Prorrogar, con eficacia anticipada a partir del 17 de octubre de 2023, la vigencia del , de naturaleza temporal, denominado “Grupo de Trabajo Sectorial encargado de facilitar la ejecución de los proyectos de tránsito terrestre e infraestructura de transporte en la Provincia Constitucional del Callao”, creado por Resolución Ministerial N° 382-2023-MTC/01, por un plazo de sesenta (60) días calendario”, señala la norma.

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