El Pleno del Congreso aprobó el texto sustitutorio del proyecto de ley que crea las gerencias regionales de gestión de riesgo de desastres.
La iniciativa legislativa de la congresista Norma Yarrow (Avanza País) alcanzó 78 votos a favor, 11 en contra y 21 abstenciones en primera votación.
Según artículo 78 del Reglamento del Congreso, el proyecto será materia de segunda votación transcurrido 7 días calendario, indicó el titular del Parlamento, Alejandro Soto.
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La norma aprobada modifica la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, a fin de incorporar en dichas instancias del Ejecutivo las referidas gerencias.
Además, se precisa que a la Gerencia de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente le corresponderá atender las funciones específicas sectoriales en materia de áreas protegidas y medio ambiente.
La Gerencia de Gestión de Riesgo de Desastres de cada gobierno regional tendrá funciones en materia de defensa civil. Asimismo, le corresponderá organizar, supervisar, fiscalizar y ejecutar, en el ámbito de su competencia, los procesos de la gestión del riesgo de desastres, en el marco de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres.
También deberá estar en coordinación con el Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres y los lineamientos del ente rector del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres.
La creación de estas gerencias se realizará con cargo al presupuesto institucional de cada gobierno regional.
Ley de gluten
Por otro lado, la representación nacional aprobó por unanimidad, con 113 votos a favor, la ley que promueve brindar información de los alimentos que no contienen gluten.
Dicha norma fue exonerada de segunda votación también por unanimidad con 111 votos a favor.
La iniciativa legislativa de la congresista Rosangella Barbarán (Fuerza Popular) busca que los consumidores que padecen de celiaquía, intolerancia o alergia al gluten puedan adoptar decisiones de consumo informadas.
Para ello, el Ministerio de Salud (Minsa) autorizará consignar en los envases, recipientes, envoltorios o etiquetas de los productos el símbolo de una espiga barrada dentro de un círculo en los productos que no contengan gluten.
El incumplimiento de las disposiciones será sancionado por las normas sectoriales del Minsa en función de la gravedad de la falta. Se considerará como agravantes especiales la reiteración de la omisión y el hecho de que el producto tenga características de alta difusión y consumo.
Los proveedores, distribuidores o comerciantes, así como productores, fabricantes, importadores o prestadores y empresas de alimentos se adecuarán a lo dispuesto en un plazo de 180 días calendario contados a partir de la vigencia de la ley.