
Para algunos conductores de California con un largo historial de condenas por DUI, una nueva infracción que deje personas lesionadas podrá derivar en la pérdida del privilegio de manejar por hasta seis años. Esa es una de las principales consecuencias de AB 1687, conocida como Irene’s Law, firmada por el gobernador Gavin Newsom y dirigida a endurecer el tratamiento de los reincidentes que conduzcan bajo los efectos del alcohol o las drogas. La medida encarga al Departamento de Vehículos Motorizados de California (DMV) la revocación por 72 meses y puede tener un impacto considerable en la vida cotidiana de quienes usan el automóvil para ir al empleo, llevar a sus hijos a clases, cumplir con entregas, asistir a consultas médicas o desplazarse entre ciudades donde las rutas de autobús y tren no alcanzan.
La legislación fue firmada el 25 de septiembre de 2026 y forma parte de un paquete estatal destinado a endurecer las sanciones contra conductores que reinciden en infracciones por manejar intoxicados. El proyecto fue presentado por el asambleísta Tom Lackey, republicano de Palmdale.
Sin embargo, la disposición no comenzará a aplicarse de inmediato. Las nuevas reglas serán operativas desde el 1 de enero de 2031, por lo que el DMV no podrá imponer todavía la revocación de seis años contemplada en AB 1687.
¿QUIÉNES PODRÍAN PERDER LA LICENCIA POR 6 AÑOS?
La Asamblea Bill 1687 incorpora la Sección 13352.7 al Código de Vehículos de California. A partir de su entrada en vigencia, el DMV deberá revocar el privilegio de conducir de una persona cuando se cumplan las condiciones previstas en el texto legal.
En términos simples, la medida alcanza a un conductor condenado por una infracción de la Sección 23153 del Vehicle Code, relacionada con manejar bajo los efectos del alcohol o drogas y causar lesiones. Además, esa persona deberá contar con cuatro o más condenas previas calificadas dentro de los 10 años anteriores.
La norma contempla infracciones vinculadas con:
- Conducir bajo los efectos de bebidas alcohólicas.
- Manejar después de consumir drogas u otras sustancias.
- Casos de DUI incluidos en el Código de Vehículos de California.
- Hechos en los que una persona distinta del conductor resulte lesionada.
No se trata, por tanto, de cuatro infracciones de tránsito comunes, como multas por velocidad, estacionamiento, uso del celular o no detenerse en una señal de stop. El historial debe incluir condenas específicas relacionadas con conducción bajo efectos de alcohol o drogas.

LAS CUATRO CONDENAS PREVIAS: ¿QUÉ EXIGE AB 1687?
| Requisito | Qué establece AB 1687 |
|---|---|
| Nueva condena | Debe existir una condena o determinación por una infracción calificada de la Sección 23153 del Código de Vehículos |
| Lesión | La conducta debe haber causado lesiones corporales a una persona distinta del conductor |
| Historial previo | Deben existir 4 o más infracciones separadas que hayan terminado en condena |
| Periodo | Las infracciones anteriores deben ubicarse dentro de un plazo de 10 años |
| Consecuencia | Revocación del privilegio de conducir por 72 meses |
| Entrada en operación | 1 de enero de 2031 |
Hay una precisión importante: AB 1687 establece una revocación del privilegio de conducir, no una suspensión convencional. La diferencia es relevante porque la persona no recuperará automáticamente la autorización para manejar cuando termine el plazo. Antes deberá cumplir los requisitos exigidos por el DMV.
Los 72 meses equivalen a seis años. Aun así, eso no significa necesariamente que la persona deba pasar todo ese tiempo sin posibilidad alguna de conducir, ya que la legislación permite pedir una licencia restringida si se cumplen las condiciones establecidas.
¿QUÉ DEBERÁN HACER PARA RECUPERAR EL PRIVILEGIO DE CONDUCIR?
El vencimiento del periodo de revocación no será suficiente para recuperar plenamente la posibilidad de manejar. Una vez cumplidos los 72 meses, la persona deberá completar los pasos exigidos por el DMV antes de solicitar la reinstalación.
Entre las condiciones aparece la presentación de una prueba de responsabilidad financiera y la finalización de un programa aprobado de educación o tratamiento por conducción bajo los efectos del alcohol o drogas.
Las alternativas previstas incluyen:
- Un programa de DUI de 30 meses, cuando esté disponible en el condado donde la persona vive o trabaja.
- Un programa de 18 meses, si no existe una opción de 30 meses en el área correspondiente.
- Un programa autorizado bajo la Sección 8001 del Penal Code de California.
Para muchas familias que viven en zonas como Los Ángeles, el Inland Empire, el Valle Central o partes del Condado de Orange, perder la posibilidad de manejar puede cambiar por completo la rutina. En muchas áreas, el vehículo sigue siendo necesario para cumplir turnos de madrugada, trabajar en construcción, hacer labores agrícolas, atender negocios familiares, realizar repartos o movilizarse con niños.
La ley aclara que las actividades realizadas antes de la infracción que provocó la revocación no servirán para satisfacer esta exigencia. La inscripción, participación y finalización del programa deberán ocurrir después de la fecha del hecho actual.
¿PODRÁN SOLICITAR UNA LICENCIA RESTRINGIDA?
Sí, aunque no será una opción inmediata ni automática. Después de completar 12 meses del periodo de revocación, la persona podrá pedir al DMV una licencia restringida. La autorización dependerá del cumplimiento de todos los requisitos establecidos por la legislación y de los trámites administrativos aplicables.
Esta alternativa permite que alguien afectado pueda manejar bajo condiciones específicas antes de que finalicen los seis años. El alcance de esa licencia dependerá de la aprobación del DMV y de las limitaciones fijadas para cada caso.
Para presentar la solicitud, el conductor deberá haber completado los primeros 12 meses de un programa autorizado de DUI.
- Si hay un programa de 30 meses disponible en el condado de residencia o empleo, deberá completar los primeros 12 meses de esa opción.
- Si no existe ese programa, podrá realizar el plan de 18 meses que corresponda.
- También tendrá que continuar participando de manera satisfactoria hasta completar las obligaciones pendientes.
EL DISPOSITIVO IID SERÁ OBLIGATORIO POR 72 MESES
La nueva norma también exige instalar un ignition interlock device o IID, conocido en español como dispositivo de bloqueo de encendido. El aparato requiere una prueba de aliento antes de permitir que el motor arranque y puede impedir el uso del vehículo si detecta alcohol.
Para acceder a una licencia restringida, la persona deberá presentar la verificación de instalación y aceptar mantener un IID certificado, operativo y en buen estado durante 72 meses.
Ese requisito coincide con el periodo de seis años fijado por AB 1687. Además, el conductor deberá cumplir las demás obligaciones administrativas antes de recibir la autorización limitada.
REQUISITOS PARA SOLICITAR LA LICENCIA RESTRINGIDA
| Requisito | Qué deberá demostrar el conductor |
|---|---|
| Tiempo transcurrido | Haber cumplido 12 meses del periodo de revocación, según las reglas de crédito aplicables |
| Programa DUI | Haber completado los primeros 12 meses del programa correspondiente |
| Participación | Continuar cumpliendo satisfactoriamente con el tratamiento o curso |
| Dispositivo IID | Presentar la verificación de instalación |
| Duración del IID | Mantenerlo durante 72 meses |
| Responsabilidad financiera | Presentar la prueba exigida por el DMV |
| Tarifas | Pagar los cargos de reinstalación, reemisión y restricción que correspondan |
¿CUÁNDO COMENZARÁ A APLICARSE LA LEY?
Aunque Newsom firmó AB 1687 en septiembre de 2026, los cambios no entrarán en funcionamiento de inmediato. La nueva Sección 13352.7 del Código de Vehículos será operativa desde el 1 de enero de 2031.
Eso significa que la nueva regla no será aplicada por el DMV durante octubre de 2026, ni en los años siguientes hasta que llegue la fecha señalada por la legislación. Las personas enfrentando un caso de DUI antes de ese momento seguirán sujetas a las normas vigentes para su situación particular.

LO ESENCIAL DE AB 1687
| Punto clave | Detalle |
|---|---|
| Nombre de la ley | Irene’s Law |
| Proyecto | Assembly Bill 1687 |
| Número | AB 1687 |
| Autor | Asambleísta Tom Lackey |
| Firma de Newsom | 25 de septiembre de 2026 |
| Inicio de aplicación | 1 de enero de 2031 |
| Medida principal | Revocación del privilegio de conducir por 72 meses |
| Equivalencia | 6 años |
| Historial requerido | 4 o más condenas previas calificadas dentro de 10 años |
| Nueva infracción | DUI que cause lesiones corporales a otra persona |
| Programa requerido | Plan de 30 meses o, si no está disponible, uno de 18 meses |
| IID | Dispositivo certificado durante 72 meses |
| Licencia restringida | Puede solicitarse después de 12 meses si se cumplen todos los requisitos |
AB 1687 no alcanza a todas las personas detenidas o condenadas por DUI en California. La regla se dirige a conductores con una nueva condena que haya provocado lesiones a otra persona y que acumulen, además, al menos cuatro condenas previas calificadas dentro de los 10 años anteriores.
En esos casos, la legislación combina una revocación prolongada, programas obligatorios, prueba de responsabilidad financiera y la instalación de un dispositivo de bloqueo de encendido por seis años. Para quienes viven y trabajan en California, la recomendación práctica es no asumir que un caso de DUI tendrá las mismas consecuencias para todas las personas: el historial, las lesiones, la fecha de la infracción y las condiciones fijadas por el DMV pueden cambiar el resultado.






