¡A tomar en cuenta! La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) dio el visto bueno del procedimiento operativo para el retiro extraordinario y facultativo de fondo en el Sistema Privado de Pensiones de los aportantes. Como bien se sabe, todos los afiliados podrán retirar hasta cuatro Unidades Impositivas Tributarias (UIT) del fondo de pensión, es decir, unos 20,600 soles. Sin embargo, la pregunta que muchos pensionistas se hacen es la siguiente: ¿podrá solicitarse el retiro desde el extranjero?
Según lo comunicado en la Resolución SBS N° 01623-2024, difundida en el boletín de Normas Legales del periódico oficial El Peruano este 3 de mayo de 2024, se requiere que las AFP realicen el primer desembolso a los afiliados, a más tardar, desde el 14 de junio del presente año.
En tanto, y de acuerdo con la normativa, aquel afiliado que decida retirar sus fondos de la AFP tiene hasta 90 días calendario, a partir de la fecha de entrada en vigor de la resolución de la SBS el 20 de mayo de 2024, para presentar su solicitud de retiro indicando el monto deseado.
Si un afiliado desea cancelar su solicitud de retiro de fondos, puede hacerlo comunicándose con la AFP una única vez, con al menos 10 días calendario de antelación a la fecha prevista para cualquier desembolso futuro, lo que resultará en la revocación de dichos pagos.
Las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP) deben establecer los mecanismos adecuados para garantizar que los canales de atención estén disponibles y operativos para recibir las solicitudes de retiro o cancelación por parte de sus afiliados.
De acuerdo con lo publicado en El Peruano, las AFP deben planificar la distribución de los fondos de acuerdo con el cronograma de desembolsos siguiente:
En caso de que los afiliados se encuentren en el extranjero o tengan limitaciones significativas, la regla estipula que tienen la opción de presentar su solicitud de retiro extraordinario y voluntario de fondos, o retractarse de su solicitud, utilizando los canales y plataformas designados para ello. La AFP debe implementar protocolos para identificar al titular que realiza la solicitud.
Dichas medidas deben ser difundidas por la AFP, antes de que se dé inicio a la presentación de solicitudes, ya sea en la página web o en los demás canales de difusión que se requieran.
El procedimiento para solicitar el retiro de los fondos de una AFP, generalmente es el que sigue:
Contenido GEC