El octavo retiro de los fondos de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) en Perú ya es una realidad. Empezó el martes 21 de octubre y representa un alivio financiero para miles de afiliados que buscan acceder a parte de sus ahorros previsionales en medio de una coyuntura económica y política activa. Este retiro extraordinario permite extraer hasta 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalente a S/ 21,400, en cuatro partes consecutivas según lo dispuesto por la Ley 32445 y la Resolución SBS N.º 03444-2025.
Primero, es necesario ingresar al sitio web correspondiente a tu AFP (Habitat, Prima, Profuturo e Integra), donde se te solicitará acceder a tu agencia virtual o digital. Para ello, debes contar con un usuario (el número del DNI) y una contraseña; en caso de no tener usuario, el mismo sistema te permite crearlo rápidamente. Esta verificación inicial busca asegurar el acceso seguro y personalizado de cada afiliado.
Una vez dentro, deberás seleccionar la opción “Retiro 4UIT” y proceder con la solicitud de retiro. En este paso, el sistema mostrará el saldo disponible y el monto máximo que puedes retirar. Es esencial verificar que la cantidad sea la esperada antes de continuar con la inscripción.
El siguiente paso es decidir el destino de tus fondos. Puedes escoger entre trasladar el dinero a cuentas de aportes sin fin previsional, solicitar el depósito en una cuenta bancaria nacional, o elegir un depósito en el extranjero. Cada alternativa responde a distintas necesidades y es importante ingresar correctamente los datos de la cuenta seleccionada.
Finalmente, revisa cuidadosamente todos los datos registrados antes de aceptar la solicitud. Esta última verificación te permitirá evitar errores y asegurarte de que tu dinero será transferido correctamente. Concluye el proceso siguiendo estos pasos:
Ingresa a la AFP (https://www.prima.com.pe, https://agenciadigital.afpintegra.pe/, https://www.profuturo.com.pe/Personas/novedades/descubre/octavo-retiro, https://retiro.afphabitat.com.pe/)
El cronograma oficial del octavo retiro AFP por 4 UIT (S/ 21,400) establece que el registro de solicitudes inicia el martes 21 de octubre de 2025 y se realiza de manera escalonada según el último dígito o la letra del DNI, para evitar congestión en la plataforma digital. Las solicitudes pueden presentarse hasta el 18 de enero de 2026. El pago se efectúa en cuatro armadas mensuales, cada una de hasta 1 UIT, comenzando 30 días después de registrada la solicitud y repitiéndose cada 30 días hasta completar el monto solicitado.
Para quienes no registren en la primera ronda, habrá una segunda ventana del 4 de diciembre al 18 de enero, lo que amortigua picos de demanda y permite a las AFP planificar capacidad y caja frente a un proceso masivo de solicitudes.
Para acceder al octavo retiro de la AFP 2025, los afiliados deben cumplir con una serie de requisitos establecidos por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) y la Ley N.º 32445:
Si no conoces la AFP a la que perteneces, puedes consultarlo en el portal de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS). Solo debes ingresar a https://servicios.sbs.gob.pe/serviciosenlinea y seleccionar la opción “Constancia de Afiliación AFP”.
Cada retiro se hará tomando en cuenta el valor de la cuota vigente al momento de descontarlo de la Cuenta Individual de Capitalización (CIC).
De esta manera, el afiliado recibirá un monto actualizado según el rendimiento de sus fondos.
Además, la AFP efectuará los pagos a través de cuentas bancarias u otros medios formales, asegurando siempre la correcta identificación entre el titular y el beneficiario.
A pesar de los detalles brindados por la SBS, persisten interrogantes importantes. Una de ellas se refiere a los compatriotas que residen en el extranjero y que aún mantienen fondos acumulados en una entidad de pensiones por el tiempo que vivieron en Perú.
La resolución (Art. 4) confirma que los afiliados en el extranjero o con impedimento físico podrán registrar su solicitud de retiro o desistimiento a través de plataformas especiales. La AFP tiene la obligación de implementar protocolos para asegurar la correcta identificación del titular.
Además, las AFP tienen la obligación de publicar estos protocolos en su sitio web y otros canales que consideren necesarios, según lo estipulado en los numerales 3.3 y 3.4 del artículo 3 del presente PO.
Las solicitudes podrán presentarse desde el 21 de octubre y se recibirán durante 90 días calendario, conforme al procedimiento operativo publicado por la SBS en El Peruano. El desistimiento es posible por única vez avisando a la AFP con al menos 10 días de anticipación al desembolso programado.
El monto máximo es de 4 UIT, equivalente a S/ 21,400, con cargo a la Cuenta Individual de Capitalización (CIC), según la Resolución SBS N.º 03444-2025.
Habrá hasta cuatro desembolsos de hasta 1 UIT cada uno; el primero se efectúa dentro de los 30 días tras presentar la solicitud y los siguientes cada 30 días desde el pago anterior. Las AFP difundirán el calendario por DNI y los canales de atención para solicitudes y desistimientos.
El plazo para registrar la solicitud vence el 19 de enero de 2026, al cumplirse 90 días desde la entrada en vigencia del procedimiento operativo.
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