Requisitos y condiciones para cambiar la calidad migratoria en el Perú

Hay un acuerdo que permite a extranjeros de ocho nacionalidades residir en el país por periodo de dos años y les otorga varios beneficios.
Extranjeros pueden cambiar su situación migratoria en el Perú (Foto: Andina)

Si eres extranjero residente en el Perú y quieres seguir en territorio peruano, puedes solicitar el cambio de tu calidad migratoria a través de un acuerdo con el Mercosur. Conoce a quienes les corresponde, cuáles son los requisitos y cómo hacer el trámite a través de la agencia digital de la .

En la actualidad la vigencia de una visa caduca a los 6 meses desde su fecha de emisión sin ser utilizada para su admisión al territorio nacional o al término de la vigencia del plazo de permanencia aprobado.

Migraciones otorga a los miembros del Mercosur este cambio con un plazo de permanencia de 365 días que pueden ser extendidos por el mismo tiempo, es decir que pueden estar un total de dos años en el país. Este procedimiento permite estudiar y realizar actividades lucrativas lícitas en los sectores público y privado. A continuación, conoce cómo solicitarlo.

¿QUIENES PUEDEN SOLICITAR LA RESIDENCIA POR ACUERDO CON EL MERCOSUR?

Puedes solicitar el cambio de calidad migratoria por Acuerdo Mercosur a través de la agencia digital de la , si resides en el Perú y perteneces a una las siguientes nacionalidades:

¿QUÉ TIPOS DE RESIDENCIA TEMPORAL SE PUEDE SOLICITAR POR MERCOSUR?

Puedes cambiar tu calidad migratoria a:

¿CUÁLES SON LAS CONDICIONES PARA SOLICITAR EL CAMBIO DE CONDICIÓN MIGRATORIA?

Migraciones simplifica trámite de Cambio de Calidad Migratoria para extranjeros (Foto: Agencia Andina)

¿CUÁLES SON LOS REQUITOS PARA EL CAMBIO DE CALIDAD MIGRATORIA RESIDENTE?

Esto necesitas para hacer el trámite para cambio de calidad migratoria residente en el Perú:

¿CÓMO HACER EL TRÁMITE DE CAMBIO DE CALIDAD MIGRATORIA DE RESIDENCIA PARA MIEMBROS DEL MERCOSUR?

A continuación, de acuerdo con la página de Migraciones, estos son los pasos a seguir para hacer el trámite:

¿CUÁNDO SABRÉ LA RESPUESTA A MI TRÁMITE?

En un plazo de 30 días hábiles, la entidad te enviará las observaciones, notificaciones y resultado de tu expediente en un plazo máximo de 30 días hábiles.

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