¿Quiénes son los nuevos beneficiarios que cobrarán la Pensión Garantizada Universal (PGU)?

Desde el pasado 1 de abril de 2023 rige la Ley Corta de PGU, que amplía la cobertura de este beneficio con nuevos requisitos.
La Pensión Garantizada Universa reemplaza a los beneficios de vejez del Pilar Solidario, cuyo pago mensual está a cargo del Instituto de Previsión Social (Foto: IPS)

La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un beneficio del Gobierno de Gabriel Boric cuyo pago mensual está a cargo del Instituto de Previsión Social (IPS); y desde el 1 de abril de 2023 entró en vigencia la denominada “Ley Corta PGU” con la cual se amplió la de Chile. A continuación, Gestión te explica los detalles.

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Cabe recordar que la es un beneficio no contributivo al que pueden acceder las personas que tengan 65 años o más, siempre que cumplan los demás requisitos legales, independientemente de que tengan derecho a pensión o incluso de que se hayan pensionado o no.

¿QUIÉNES SON LOS NUEVOS BENEFICIARIOS DE LA LEY CORTA PGU?

De acuerdo con el Gobierno, ingresarán como nuevas personas beneficiarias de PGU todas las personas que habían quedado fuera por el criterio de focalización del 10% más rico de la población de 65 años o más, que ahora se modificó por el 10% del total del país.

De esta manera, cerca de la mitad de las solicitudes que fueron rechazadas entre agosto de 2022 y marzo de 2023, por el mencionado criterio, serán aprobadas a partir de abril de 2023 gracias a la Ley Corta de la PGU.

PRINCIPALES PERSONAS BENEFICIARIAS DE LA LEY DE PGU

GRUPODETALLES
Potenciales beneficiarios y beneficiarias de APSV y PBSV.* Hasta el 31 de julio de 2022, reciben PGU las personas que lo solicitaron y que cumplían con los requisitos del antiguo Pilar Solidario.
* Desde agosto de 2022, el IPS le otorga la PGU a quienes la solicitaron, pero que no cumplían con los requisitos del antiguo Pilar Solidario (sin necesidad de nueva solicitud) y a quienes cumplen los requisitos establecidos en la Ley de PGU.
* Desde abril de 2023, se amplía el universo a quienes no pertenezcan al 10% más rico del país.
Beneficiarios y beneficiarias de PBSI y APSI (no se reemplazan por la PGU).A contar de febrero de 2022 se aumenta la cobertura de acceso y se incrementa el monto de la de la PBSI al de PGU; y de APSI, hasta alcanzar una pensión de invalidez igual a dicha suma, sin necesidad de ninguna solicitud adicional. La responsabilidad del pago se mantiene a cargo de las mismas entidades pagadoras.
Pensionados y pensionadas de AFP y beneficiarios de APSV que reciben una Pensión Final Garantizada mayor que la PGU con retiro programado.Desde mayo de 2022, el IPS le asigna, informadamente, el beneficio de mayor monto (entre la PGU y el APSV) a sus beneficiarios, con derecho a revertir dicha asignación, por una sola vez, hasta abril de 2023.
Beneficiarios y beneficiarias actuales de vejez del antiguo Pilar Solidario: PBSV y APSV, excepto los que reciben Pensión Final Garantizada mayor que el monto de la PGU.Desde febrero de 2022 son traspasados automáticamente a la PGU sin hacer ningún trámite adicional. La PBSV es reemplazada por la PGU y el APSV, según corresponda, por el valor de la PGU.

¿CUÁLES SON LOS NUEVOS CAMBIOS EN LA PENSIÓN GARANTIZADA UNIVERSAL?

La Ley Corta de la Pensión Garantizada Universal establece un cambio en el requisito de focalización, permitiendo que más personas puedan acceder al beneficio.

Hasta ahora, el requisito es que la persona no integre un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población de 65 años o más. Sin embargo, a partir de abril de 2023 se evaluará que la persona no integre un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población total del país.

¿CUÁLES SON LOS NUEVOS REQUISITOS PARA OBTENER LA PGU?

La Ley Corta de la PGU solo modifica un requisito de focalización, es decir, se evaluará que no integre un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población total del país. A partir de abril de 2023, los requisitos para obtener la Pensión Garantizada Universal son:

1. Tener 65 años o más de edad.

2. Acreditar residencia en el territorio de la República de Chile en estos dos casos:

3. Contar con una pensión base menor a la pensión superior de $1.114.446, determinada por la Pensión Autofinanciada de Referencia (PAFE). Cabe señalar que la pensión base es un cálculo con antecedentes a la edad de jubilación y no a la pensión que se está recibiendo en el último mes.

4. No ser imponente o pensionado de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca) o de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).

¿DESDE CUÁNDO SE ADQUIERE EL DERECHO A RECIBIR EL PAGO DEL BENEFICIO?

Se considera el derecho al pago desde el primer día del mes en que se presenta la solicitud, si se cumple con todos los requisitos de cada etapa mencionada.

En el caso de las personas que al 1 de febrero de 2022 estaban percibiendo Pensión Básica Solidaria de Vejez o Aporte Previsional Solidario de Vejez, no deben hacer solicitud, porque el IPS reemplazó automáticamente sus beneficios por la PGU. Estas personas reciben sus pagos en las mismas modalidades y fechas que ya tienen asignadas.

¿CUÁLES SON LOS MONTOS QUE ENTREGA LA PGU?

La Pensión Garantizada Universal se paga de forma mensual en un monto máximo de $206.173 siempre que tengas una pensión base menor o igual a $702.101 mensuales; caso contrario, si es mayor de este monto, pero menor a $1.114.446, la suma de la PGU será variable según la siguiente fórmula:

Fórmula para saber cuándo me corresponde de la PGU (Foto: IPS)

¿CÓMO SE CALCULA EL MONTO DE LA PGU?

Los montos que recibirá cada beneficiario variarán según su pensión base a la edad de su jubilación. Quienes tengan una pensión base de 630 mil pesos o menos recibirán el total de la PGU, es decir, 185 mil pesos.Pero quienes tengan una pensión base a la edad de jubilación mayor a 630 mil pesos y menor a un millón de pesos recibirán un monto menor, que va bajando si la cifra se acerca más al millón. Los montos se reajustan cada año el 1 de febrero, de acuerdo con la variación del IPC (Índice de Precios al Consumo).

¿DÓNDE APELAR POR LA PGU?

Para apelar por la Pensión Garantizada Universal, se pueden ingresar .

¿Y cómo hacerle seguimiento a mi apelación? El seguimiento de tu apelación se puede realizar a través del formulario con .

¿DÓNDE SE PUEDE INSCRIBIR A LA PGU?

¿QUÉ NECESITAS PARA HACER EL TRÁMITE DE INSCRIPCIÓN A LA PGU?

¿CÓMO INSCRIBIRSE ONLINE A LA PENSIÓN GARANTIZADA UNIVERSAL?

Además de las oficinas de ChileAtiende y demás entidades, también puedes postular de manera online. Para ello, solo sigue estos pasos:

¿CÓMO SABER SI YA SOY BENEFICIARIO DE LA PGU?

Si quieres saber si aceptaron tu postulación a la Pensión Garantizada Universal con tu RUT y fecha de nacimiento. Allí te dirán si eres beneficiario, el monto que te corresponde y la modalidad de pago.

Hay que recordar que quienes recibían Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) o a un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) dejaron de recibir este beneficio y comenzaron a obtener automáticamente la PGU.

PASO A PASO CÓMO SABER SI SOY BENEFICIARIO DE LA PGU

PASO A PASO PARA POSTULAR A LA PGU DE FORMA PRESENCIAL

Para postular a la PGU de forma presencial se deben seguir los siguientes pasos:

Asistir a una oficina de ChileAtiende.

Explicar el motivo de la visita, que en este caso puede ser:

La asignación propuesta por el IPS se lleva a cabo a través de proyecciones que hace el organismo para recomendar el mejor beneficio para cada persona pensionada.

¿QUÉ SUCEDE SI LA SOLICITUD DE PGU ES RECHAZADA?

Las solicitudes rechazadas entre el 1 de agosto de 2022 y el 14 de marzo de 2023 por puntaje de focalización previsional, serán reconsideradas de manera automática por el Instituto de Previsión Social (IPS) a partir de abril de 2023, fecha en que comenzará a aplicarse la nueva focalización aprobada en la ley corta N°21.538, para entregar el beneficio y ampliar su cobertura en la población de 65 años y más.

Cabe destacar que el IPS reconsiderará de manera automática las solicitudes que fueron presentadas y rechazadas únicamente por puntaje de focalización previsional entre el 1 de agosto de 2022 y el 14 de marzo de 2023, de manera que NO es necesario ingresar una nueva solicitud. Si se cumple con los requisitos establecidos en la ley, la PGU se otorgará a partir de abril de 2023.

CON LA PGU, ¿CAMBIAN LOS REQUISITOS PARA PENSIONARSE POR VEJEZ ANTICIPADA?

Sí. Con la entrada en vigencia de la Pensión Garantizada Universal, a partir del 1 de febrero de 2022, quienes opten por pensionarse por vejez anticipada deben cumplir con dos requisitos:

¿QUÉ ORGANISMO OTORGA LA PGU?

El Instituto de Previsión Social (IPS) administra la Pensión Garantizada Universal. En especial, le corresponde concederla, extinguirla, suspenderla o modificarla, cuando proceda.

¿QUÉ PASARÁ CON OTROS BENEFICIOS CON LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA PGU?

Tanto el llamado bono de invierno y los aguinaldos de fiestas patrias y Navidad se mantendrán para los beneficiados por la Pensión Garantizada Universal (PGU) y también para quienes reciban el beneficio con las nuevas reglas.

¿QUÉ OCURRE CON LA PENSIÓN BÁSICA SOLIDARIA DE INVALIDEZ SI RECIBEN LA PGU?

En el caso de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez () y el Aporte Previsional Solidario de Invalidez (), mantendrán su continuidad, aunque incrementadas hasta alcanzar al monto de la PGU, aumentando su cobertura al 80% de la población.

Los exbeneficiarios de invalidez del Pilar Solidario reciben, automáticamente, este incremento a contar de febrero de 2022, sin necesidad de efectuar ningún trámite adicional.

Quienes son beneficiarios de PBSI o APSI y que no hayan solicitado la PGU desde que cumplieron 64 años -y hasta el trimestre previo al cumplimiento de los 65 años de edad-, el IPS tramitará de oficio la PGU (o su solicitud, según sea el caso). Es decir, la tramitación de oficio de PGU se efectúa a partir del último trimestre previo al cumplimiento de los 65 años de los titulares de PBSI y APSI.

Entonces, ¿el Subsidio de Discapacidad se incrementará? Desde agosto de 2022, incrementó su valor al 50% del monto de la PGU), junto con ampliar la cobertura a las discapacidades física y sensorial severas, llegando al 60% más vulnerable de la población.

Para implementar esta medida, el Ministerio del Trabajo y Previsión Social dictará un reglamento que normará la forma de acreditar la discapacidad, el procedimiento de solicitud, concesión y pago, además de determinar las incompatibilidades y causales de extinción.

¿PUEDO PERDER EL BENEFICIO DE LA PENSIÓN GARANTIZADA UNIVERSAL?

Sí, en estos casos:

Además, se extinguirá:

CINCO DATOS QUE DEBES SABER DE LA PENSIÓN GARANTIZADA UNIVERSAL

¿CUÁL ES EL MARCO LEGAL DE LA PENSIÓN GARANTIZADA UNIVERSAL (PGU)?

¿A QUÉ BONOS PUEDO POSTULAR CON MI RUT?

Si bien no hay bonos a los que se puedas postular solamente con tu RUT, puedes consultar con tu RUT a cuáles accederías. Los principales beneficios vigentes son:

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