Migraciones ya atiende a ciudadanos extranjeros que busquen regularizar su situación en Perú (Foto: Migraciones)
Migraciones ya atiende a ciudadanos extranjeros que busquen regularizar su situación en Perú (Foto: Migraciones)

Si te encuentras en el Perú, pero excediste tu permanencia en territorio patrio o, peor aún, ingresaste sin un , ten en cuenta que se te aplicarán sanciones que van desde la salida obligatoria de territorio peruano hasta la expulsión del país. Si eres uno de los extranjeros que está en esa condición, tienes una opción para continuar residiendo bajo la legalidad en esta nación.

¿Cuál? Simplemente debes acceder al nuevo permiso temporal de permanencia para extranjeros en situación migratoria irregular. En los siguientes párrafos te explicamos paso a paso todo lo que debes hacer y cumplir para que no tengas problemas con Migraciones.

NUEVO PROCESO DE REGULARIZACIÓN PARA EXTRANJEROS

Antes te detallamos que el nuevo proceso de regularización dirigido a los ciudadanos extranjeros con exceso de permanencia o ingreso sin control migratorio a Perú se emitió a través de la , con el fin de que puedan regularizar su condición migratoria y acceder al Carné de Permiso Temporal de Permanencia (CPP).

Extranjeros en situación irregular acceden a la sede de Migraciones, en Cercado de Lima, para recibir ayuda al realizar el trámite. (Foto: Joel Alonzo/ GEC)
Extranjeros en situación irregular acceden a la sede de Migraciones, en Cercado de Lima, para recibir ayuda al realizar el trámite. (Foto: Joel Alonzo/ GEC)

¿TODOS PUEDEN SOLICITAR EL PERMISO TEMPORAL DE PERMANENCIA?

El nuevo permiso temporal de permanencia para extranjeros en situación migratoria irregular puede ser solicitados por:

  • Los ciudadanos que se encuentren en situación migratoria irregular a la fecha de entrada en vigencia de dicha resolución; es decir:
  • Extranjeros que permanecieron en el territorio nacional una vez vencido el plazo de permanencia otorgado por la Autoridad Migratoria correspondiente en la calidad migratoria asignada.
  • Los extranjeros que ingresaron al país sin haber realizado el control migratorio.

ENTONCES, ¿QUIÉNES NO PUEDEN ACOGERSE A ESTE PERMISO?

Por obvias razones, no podrán acogerse al nuevo permiso temporal de permanencia los ciudadanos que tengan alerta de Interpol, antecedentes policiales, judiciales o penales. Asimismo, como aquellos que no cumplan los requisitos establecidos en el y las condiciones establecidas en la Resolución de Superintendencia N° 000109-2023- MIGRACIONES.

Esto con el propósito de garantizar los derechos y deberes de las personas extranjeras y fortalecer la seguridad nacional y el orden interno

Los extranjeros deben cumplir una serie de requisitos (Foto: Joel Alonzo/ GEC)
Los extranjeros deben cumplir una serie de requisitos (Foto: Joel Alonzo/ GEC)

CONDICIONES QUE DEBEN CUMPLIR LOS SOLICITANTES

Quienes quieran acceder al nuevo permiso temporal de permanencia para extranjeros en situación migratoria irregular deben cumplir los siguientes requisitos:

1. Encontrarse en situación migratoria irregular conforme al artículo 35 del Decreto Legislativo N° 1350, a la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución.

2. No tener antecedentes penales, policiales y judiciales vigentes, ni en Perú ni en el extranjero.

3. No registrar alertas en el INTERPOL (Sistema de la Organización de Policía Criminal)

4. No haber incurrido en las siguientes situaciones que impiden el ingreso al país:

  • Estar o haber sido sancionado con salida obligatoria o expulsión y que no se haya cumplido el plazo de la sanción.
  • Suponer una situación de peligro o amenaza para la seguridad nacional, el orden público, el orden interno, la protección de los derechos y libertades de otras personas.
  • Que hayan sido incluidos en las listas de sanciones, particularmente con impedimento de entrada y tránsito a través del territorio de los Estados Miembros de la Organización de las Naciones Unidas, establecidas conforme a las Resoluciones del Consejo de Seguridad de dicha organización internacional.
  • A los prófugos de la justicia en otros Estados por delitos comunes contra mujeres, niñas, niños o adolescentes, y delitos graves, como tráfico ilícito de drogas, trata de personas, tala ilegal, lavado de activos, terrorismo y su funcionamiento, corrupción, crimen organizado o delitos conexos a la legislación peruana.
  • Pretender ingresar al país con información falsa o documentos falsos, adulterados o fraguados.
  • Cuando la autoridad sanitaria del Perú determine que su ingreso al territorio nacional puede poner en riesgo la salud pública nacional.
  • Cuando se cuente con información de organismos de inteligencia nacionales o extranjeros en la cual se califique a la persona como riesgosa para la seguridad nacional.

5. Registrar los datos biométricos en el Registro de Información Migratoria (Enrolamiento).

6. Realizar el trámite de manera personal.

Los ciudadanos extranjeros ya pueden regularizar su situación en Perú (Foto: Joel Alonzo/ GEC)
Los ciudadanos extranjeros ya pueden regularizar su situación en Perú (Foto: Joel Alonzo/ GEC)

¿QUÉ REQUISITOS DEBEN CUMPLIR LOS SOLICITANTES?

Los requisitos que deben cumplir los solicitantes mayores de edad son:

1. Presentar el formulario (gratuito) que se obtiene en la sede digital .

2. Indicar el número de recibo y fecha de pago por derecho de trámite.

3. Presentar la copia simple del pasaporte o documento de viaje análogo reconocido por el Estado peruano o cualquier documento de identidad válido en su país de origen.

4. Presentar la declaración jurada de no registrar antecedentes penales, policiales y judiciales vigentes, en el Perú, ni en el extranjero.

5. Presentar la declaración jurada de no registrar alertas en el sistema de la Organización de Policía Criminal - Interpol, ni estar incurso en los supuestos de impedimento de ingreso al territorio nacional previstos en los literales a), b), c), d) y e) del numeral 48.1 y los literales b) y c) del numeral 48.2 del artículo 48 del Decreto Legislativo Nº 1350, Decreto Legislativo de Migraciones.

¿HASTA CUÁNDO ES EL PLAZO PARA PRESENTAR LA SOLICITUD DE PERMISO TEMPORAL DE PERMANENCIA?

Seis meses a partir de la vigencia de la Resolución de Superintendencia N° 000109-2023-MIGRACIONES, que se publicó el 8 de mayo del 2023.

¿CÓMO SE REALIZARÁ EL TRÁMITE PARA OBTENER EL NUEVO PERMISO TEMPORAL?

Los ciudadanos que buscan acceder al nuevo permiso para extranjeros en situación migratoria irregular es realizar lo siguiente:

  • Primero debes iniciar el trámite de manera virtual, a través de la Agencia Digital de Migraciones.
  • Una vez que ingresa al sitio web, completa el formulario en el que te solicitan tus datos, colocar el código captcha y clic en “Verificar”. Luego, adjunta los documentos solicitados.
  • Después deberás elegir una fecha para una cita presencial, durante la cual se registrarán tus datos biométricos.
Sitio virtual de Migraciones (Foto: Migraciones)
Sitio virtual de Migraciones (Foto: Migraciones)

¿POR CUÁNTO TIEMPO EVALUARÁN TU SOLICITUD?

Posteriormente, se realizará la evaluación de tu solicitud en un plazo máximo de 30 días hábiles. Las observaciones al trámite realizado, así como el pronunciamiento de la entidad sobre el mismo, se efectuará al buzón electrónico. En caso de aprobación del trámite, podrá acercarse a recoger su carné de CPP, previa cita.

¿QUÉ TIEMPO DE VIGENCIA TENDRÁ EL PERMISO TEMPORAL DE PERMANENCIA?

Una vez aprobado el permiso temporal de permanencia, Migraciones emite el carné correspondiente con vigencia de un año calendario, el cual acredita al titular tener una situación migratoria regular y desarrollar actividades en el marco de las leyes peruanas.

RECUERDA. Antes de la fecha del vencimiento, puedes optar por una de las calidades migratorias establecidas en la normativa vigente a efectos de obtener la residencia en el Perú.

¿QUÉ PODRÍA PASAR CON LOS EXTRANJEROS QUE NO REGULARICEN SU CONDICIÓN?

Como lo señalamos al inicio, a aquellos que no regularicen su condición se les iniciarán procedimientos administrativos sancionadores que conllevan medidas como la salida obligatoria y, de ser el caso, la expulsión del país.

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