FOTOS: ALESSANDRO CURRARINO / EL COMERCIO
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El Ministerio del Ambiente (), a través del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (), informó los resultados de los monitoreos ambientales entre marzo y abril de este año en 25 de las playas afectadas por el  de  ocurrido en enero de 2022, ubicadas en los distritos de Chancay, Aucallama, Ancón, Santa Rosa y Ventanilla.

Los resultados revelan que aún persisten restos de petróleo en cinco playas, algunas con concentraciones significativas de hidrocarburos totales de petróleo (HTP) y otras con hidrocarburos aromáticos policíclicos (HAP). Dichas evaluaciones ambientales se efectuaron en 25 puntos de muestreo de agua de mar y 46 puntos de muestreo de sedimento (arena de playa), confirmando la presencia de hidrocarburos exclusivamente en la arena de las playas”, se mencionó en una nota de prensa del ministerio.

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Al respecto, la Refinería La Pampilla (Repsol) remarca que lo comunicado por el Minam “no solo confunde, sino omite las conclusiones positivas del último informe de OEFA respecto al agua de mar.

“Refinería La Pampilla manifiesta su extrañeza por la renuencia de las autoridades a ratificar la condición saludable de la zona, a fin de que los pescadores artesanales continúen con sus actividades productivas (...) El informe del OEFA publicado el 5 de mayo indica que las aguas de mar de las 25 playas monitoreadas cumplen con los Estándares de Calidad Ambiental. El reporte analiza muestras tomadas entre el 12 y 13 de abril de este año de la zona marino-costera de Ventanilla, Santa Rosa, Ancón, Aucallama y Chancay”, explica.

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Como parte de las conclusiones, el informe muestra que: “De la evaluación ambiental de seguimiento realizada del 12 al 13 de abril de 2023, en 17 formaciones costeras que comprenden 25 playas según DIGESA, afectadas por los derrames de petróleo ocurrido el 15 y 24 de enero de 2022, se evidenció que en los 25 puntos de muestreo de agua de mar superficial de la zona marino costera evaluada no se superaron los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) para Agua de hidrocarburos totales del petróleo (TPH C6-C40), hidrocarburos totales del petróleo (fracción aromática) ni hidrocarburos policíclicos aromáticos (HAPs); del DS 004-2017-MINAM”.

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