No todos recibirán S/ 300 por sus aguinaldos. Algunos perciben ingresos mayores igual a su remuneración y otros por debajo de dicho monto. Sepa los detalles. (Foto: GEC)
No todos recibirán S/ 300 por sus aguinaldos. Algunos perciben ingresos mayores igual a su remuneración y otros por debajo de dicho monto. Sepa los detalles. (Foto: GEC)

Como todos los años, en Navidad o Fiestas Patrias se establece los aguinaldos en el sector público, pero no todos los funcionarios públicos reciben el mismo monto de ingresos adicionales en diciembre, debido a los diferentes modalidades de regímenes que hay en el Estado.

Así, el Ministerio de Economía y Finanzas () publicó el DS que otorga el por Navidad hasta por S/ 300 a los trabajadores del sector público, el cual se abona, por única vez, en la planilla de pagos de diciembre de este año.

De acuerdo con el , el aguinaldo por Navidad se otorga a favor de los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, la Ley Nº 29944 y la Ley Nº 30512.

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Asimismo, se otorga a los docentes universitarios a los que se refiere la Ley Nº 30220; el personal de la salud al que se refiere el Decreto Legislativo Nº 1153; los obreros permanentes y eventuales del Sector Público; el personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú; y los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley Nº 15117, los Decretos Leyes Nº 19846 y Nº 20530, el Decreto Supremo Nº 051-88-PCM y la Ley Nº 28091.

Aguinaldo de Navidad para docentes

Para el Magisterio Nacional, la norma precisa que el Aguinaldo por Navidad se calcula de acuerdo a lo previsto en la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, otorgándose a los docentes con jornada laboral completa un monto no menor a los S/ 300.

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Para el caso de los servidores comprendidos en regímenes de carrera propia que laboran a tiempo parcial o jornada laboral incompleta, este beneficio es de aplicación proporcional a su similar que labora a tiempo completo, bajo responsabilidad del jefe de la Oficina de Administración o quien haga sus veces en la entidad respectiva.

Aguinaldo de Navidad para Internos de Medicina Humana

Para internos de Medicina Humana y Odontología, recibe de Aguinaldo por Navidad la suma de S/ 100. El Aguinaldo no está afecto a cargas sociales.

Gratificaciones en el sector público

En el caso de los trabajadores del Sector Público que se encuentran bajo el régimen laboral de la actividad privada se sujetan a lo establecido por la Ley Nº 27735, Ley que regula el Otorgamiento de las Gratificaciones para los Trabajadores del Régimen de la Actividad Privada por Fiestas Patrias y Navidad, para la percepción de la gratificación correspondiente por Navidad.

En este grupo se encuentra trabajadores de entidades como Indecopi, la Superintendencia de Banca y Seguro y AFP (SBS), la Sunat, entre otra entidades, por lo cual la percepción de ingresos adicionales en diciembre se establece como una remuneración, dada su modalidad, comentó César Puntriano, abogado laboralista del Estudio Muñiz.

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Montos por acuerdo

Un tema adicional que comenta el laboralista, según lo que establece la norma es que el monto de gratificación puede darse como resultado de la negociación colectiva.

Puntriano recuerda que desde este año se ha incorporado la negociación salarial en la negociación colectiva, lo que no estaba contemplado en los procesos anteriores. Sin embargo, recuerda que el límite es el presupuesta que tiene la entidad o el sector.

Financiamiento de los aguinaldos

Según la norma, el aginaldo se financia con cargo a los créditos presupuestarios asignados en el presupuesto institucional de las entidades públicas.

Los trabajadores beneficiados con este pago deberán cumplir de manera conjunta las siguientes condiciones:

  • a) Haber estado laborando al 30 de noviembre de este año, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.
  • b) Contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres meses al 30 de noviembre del 2022. Si no contara con el referido tiempo, dicho concepto se abona en forma proporcional a los meses y días laborados.

Los funcionarios, servidores y pensionistas de la Administración Pública reciben el Aguinaldo por Navidad en una sola entidad pública, debiendo ser otorgada en aquella que abona el mayor monto de ingresos.

El Aguinaldo por Navidad no constituye base de cálculo para el reajuste de cualquier tipo de remuneración, bonificación, beneficio o pensión.