Lo que debes saber de la aplicación del Título 8 y sus duras medidas contra la migración ilegal

El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) y el Departamento de Estado detallan nuevas medidas sobre política migratoria en la frontera.
Bajo el Título 8 aumentarán las deportaciones exprés desde la frontera de Estados Unidos (Foto: EFE)

y las autoridades estadounidenses retomarán la aplicación del Título 8, que rige en la política migratoria desde hace décadas. Aunque algunos creían que las cosas mejorarían, la Casa Blanca ya adelantó que “será más difícil” poder ingresar a Estados Unidos porque habrá medidas más estrictas, como las expulsiones exprés.

En tres años, bajo el Título 42, que se creó en marzo de 2020 debido a la amenaza de la pandemia por el COVID-19, se ha expulsado más de 2.8 millones de veces a personas que intentaron cruzar la frontera desde el lado mexicano, algunas en repetidas ocasiones, según la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP).

La Organización Mundial de la Salud OMS, los primeros días de mayo, anunció el fin de la emergencia sanitaria global. Por lo tanto, el Título 42, creado por un tema de salud pública, ya no tendrá razón de ser ni efecto: el COVID-19 ya no es una amenaza. Desde el 12 de mayo se empezará a aplicar el Título 8 y aquí te contamos de qué se trata.

¿QUÉ ES EL TÍTULO 8?

El Título 8 tiene décadas de antigüedad. Se trata de una disposición migratoria que permite expulsar a todo aquel que entre a Estados Unidos sin una visa o documentación requerida. Además, los migrantes corren el riesgo de enfrentar sanciones y consecuencias más graves.

Las personas que crucen la frontera suroeste de Estados Unidos sin autorización o sin haber utilizado una vía legal, y sin tener programada una hora de llegada a un puerto de entrada, se presumirá que no reúnen los requisitos para obtener asilo, salvo que se aplique una excepción. Si se les expulsa, se les prohibirá volver a entrar en el país durante al menos cinco años y podrán ser objeto de enjuiciamiento penal por intento reiterado de ingreso ilegal”, indica publicado el 10 de mayo en la página del Departamento de Seguridad Nacional de EE.UU. (DHS, por sus siglas en inglés).

La transición de vuelta a la tramitación del Título 8 para todas las personas halladas en la frontera será efectiva inmediatamente desde el 12 de mayo, cuando se levante la orden del Título 42. Como parte de las expulsiones exprés, se aumentará el número de vuelos semanales de expulsión, duplicando o triplicando el número de vuelos para algunos países.

Un migrante venezolano George, de 5 años, se para junto a los barrotes del muro fronterizo en Ciudad Juárez, estado de Chihuahua, México (Foto: Herika Martínez / AFP)

¿QUÉ MEDIDAS SE APLICARÁN CON LA CANCELACIÓN DEL TÍTULO 42?

De acuerdo con información proporcionada por el, estás son algunas medidas que se aplicarán desde el 12 de mayo:

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