El Ministerio del Interior (Mininter) dejó sin efecto la directiva que habilita de manera opcional y temporal acogerse a la verificación de armas de fuego no presencial, para tramitar las renovaciones de licencias de uso de armas de fuego, tarjetas de propiedad y transferencias de propiedad de armas de fuego.
A través de la Resolución de Superintendencia 1105-2023-SUCAMEC, publicada este viernes en el boletín de Normas Legales del diario El Peruano, se aprueba esta disposición.
De acuerdo con el dispositivo legal, la medida se adopta debido a que dicha regulación no resulta necesaria porque todas las actividades en la Sucamec ya fueron reanudadas de manera presencial al 100% y ya finalizó la declaración de emergencia sanitaria a consecuencia del COVID-19.
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Con armas de fuego sin autorización se incurre en delito
Toda persona que tenga en su poder armas de fuego de uso civil sin autorización de la Sucamec estaría incurriendo en el delito de tenencia ilegal, según el artículo 279 del Código Penal.
En ese sentido, exhortó a los ciudadanos que tengan en su poder armamento sin licencia y tarjeta de propiedad emitida por la Sucamec, a realizar el depósito voluntario en cualquiera de las sedes de la entidad a nivel nacional de manera fácil y segura evitando así incurrir en el delito contra la seguridad pública.
La Sucamec tiene entre sus competencias el control de armas de uso civil para la preservación del orden interno, la seguridad ciudadana y la paz social; por ello, tiene habilitado 13 puntos de recepción para realizar el depósito voluntario en todo el Perú.