El Poder Judicial advirtió a la persona que quien presta, alquila o facilita armas de fuego para fines ilícitos será reprimido con pena privativa de libertad no menor de 6 ni mayor de 10 años e inhabilitación.
Mediante sus redes sociales, la entidad señaló que la pena es hasta 12 años si las armas, dadas en préstamo o alquiler, son de propiedad del Estado.
Y si el agente que comete el delito es miembro de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú o Instituto Nacional Penitenciario (Inpe), la pena será no menor de diez ni mayor de 15 años, agregó el Poder Judicial.
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El Poder Judicial indicó que estas causas se encuentran contenidas en el artículo 279- G del Código Penal sobre la fabricación, comercialización, uso o porte de armas.
Este documento también establece que el que trafica armas de fuego artesanales o materiales destinados para su fabricación será reprimido con pena de hasta 15 años de prisión.
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