Rolando Cevasco
Socio del área de Derecho Tributario de CMS Grau
Lamentablemente el sistema tributario peruano no contempla mecanismos alternativos que puedan ser utilizados para llegar a acuerdos en casos de deudas tributarias en litigio, con la finalidad de poner fin a las controversias y evitar largos procesos judiciales (que pueden llegar hasta la etapa de casación).
En efecto, la autoridad tributaria, Sunat, no cuenta con las facultades necesarias para llegar a acuerdos con los contribuyentes respecto de deudas en litigio, ni la capacidad para negociar la reducción de las mismas, a modo de conciliación.
En ese sentido y en este contexto de crisis económica global, es necesaria la implementación de un régimen que tenga por objetivo la reducción de la carga de litigios que existe actualmente entre los contribuyentes y el Estado, y que permita, por un lado, al Estado hacer líquida la acreencia y, por otro lado, que incentive a los contribuyentes a desistirse de los procesos y que se vean beneficiados por el pronto pago o la eliminación de multas.
Una figura de este tipo permitiría que el Estado cuente con mayor liquidez para el gasto público, asimismo se evitaría el largo proceso que representa el litigio tanto para el Estado como para el contribuyente, ya que, entre el procedimiento administrativo y el proceso judicial hasta su última etapa de casación, se estima que pueden pasar entre 8 y 10 años.
Evidentemente un proceso tan largo es perjudicial tanto para el Estado como para el contribuyente porque no hacen líquidas las deudas para ser utilizadas en el gasto y se prolonga la incertidumbre por las resoluciones en el Poder Judicial.
Por ejemplo, existen países que cuentan con Sistemas de Resoluciones Alternativas de Conflictos o con Convenios o Concordatos tributarios, que permitirían a los contribuyentes llegar a acuerdos con la administración tributaria.
En el Perú, el proyecto de ley que promueve el pago de la deuda tributaria y aduanera como contingente de casos que se encuentran inmersos en procesos administrativos y judiciales, Ley 6817/2020-CR, presentado el año pasado, duerme el sueño de los justos en el Congreso de la República.
Este proyecto permitiría no solo reducir la carga de litigios tributarios que tienen los contribuyentes (obteniendo algunas rebajas en su deuda tributaria) sino también hacer líquidas las acreencias del Estado. Sin embargo, en la medida que la Sunat no tenga nuevas herramientas y facultades, los litigios continuarán incrementándose y haciéndose inviables.