Redacción Gestión

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Una de las novedades de la Ley 29873, que modifica la Ley de Contrataciones del Estado, es el tratamiento preferencial que se otorgará a empresas de países que han suscrito tratados o compromisos internacionales con el Perú.

La medida ha generado controversias diplomáticas, pues se considera que las empresas más favorecidas serán las españolas, que son las de mayor inversión en el Perú, merced al TLC suscrito con la UE, y las más perjudicadas serán las brasileñas, pues su país no ha suscrito tratados bilaterales con el nuestro.

La norma, publicada el viernes último en el diario oficial, precisa que "las empresas extranjeras recibirán el mismo trato que las empresas peruanas reciben en su país de origen en materia de contrataciones del Estado". Pero además indica que "las disposiciones establecidas en los párrafos anteriores no se aplican a los proveedores que provengan de países con los cuales la República del Perú tuviera un trato o compromiso internacional que incluya disposiciones en materia de contrataciones públicas (…)".

Esto quiere decir que estarán en mejor pie para negociar contratos con el Estado peruano, ya sea para venderle productos o ejecutar obras, las compañías cuyos países hayan suscrito tratados de libre comercio con el Perú.

EN CORTOModificaciones. El Decreto Legislativo 1017 modifica 23 artículos y también la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo 1017 que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado.

PRECISIONES

Alcances de la normaFines. La ley se aplica a las contrataciones que deben realizar las entidades estatales para proveerse de bienes, servicios u obras, asumiendo el pago del precio o de la retribución correspondiente con fondos públicos.