El martes 21 de octubre han iniciado las solicitudes para el registro del octavo retiro de AFP. Integra es una de las AFP’s que se encuentran en el Perú y aquí te brindo todos los detalles para que sepas cómo, cuándo y dónde debes registrar tu solicitud, acorde al número de tu DNI.
Cabe señalar que hay fechas establecidas para cada uno de los diferentes dígitos finales del DNI, por lo que está organizado para que empiece desde el aquellos cuyo DNI finaliza en una letra hasta el número 9, además de tener diversas oportunidades para poder hacer el registro de las solicitudes.
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha confirmado que el registro de solicitudes para el retiro de fondos de AFP correspondiente al año 2025 comenzará el martes 21 de octubre, iniciando con las personas cuyo DNI termina en el dígito 0.
Asimismo, la SBS ha establecido cuatro fechas distintas para que los afiliados puedan presentar su solicitud:
A continuación, podrás consultar el calendario completo con las fechas asignadas según el último dígito de tu DNI, para que sepas exactamente cuándo realizar tu solicitud correspondiente al octavo retiro de fondos de AFP.
| Si tu DNI termina en: | Fecha 1 | Fecha 2 | Fecha 3 |
|---|---|---|---|
| Letra | 21 de octubre | — | 19 de noviembre |
| 0 | 22 de octubre | 23 de octubre | 20 de noviembre |
| 1 | 24 de octubre | 27 de octubre | 21 de noviembre |
| 2 | 28 de octubre | 29 de octubre | 24 de noviembre |
| 3 | 30 de octubre | 31 de octubre | 25 de noviembre |
| 4 | 03 de noviembre | 04 de noviembre | 26 de noviembre |
| 5 | 05 de noviembre | 06 de noviembre | 27 de noviembre |
| 6 | 07 de noviembre | 10 de noviembre | 28 de noviembre |
| 7 | 11 de noviembre | 12 de noviembre | 01 de diciembre |
| 8 | 13 de noviembre | 14 de noviembre | 02 de diciembre |
| 9 | 17 de noviembre | 18 de noviembre | 03 de diciembre |
Para realizar el registro de solicitud de retiro de AFP debes seguir estos pasos:
Es importante tener en cuenta que el dinero retirado de tu AFP es intangible, lo que significa que no puede ser retenido por ninguna entidad bancaria ni por terceros, incluso si mantienes deudas pendientes. Sin embargo, existe una excepción: si tienes un proceso judicial por pensión de alimentos, hasta el 20% del monto retirado podrá ser retenido para cumplir con esa obligación.
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