El Fondo Mivivienda (FMV) con el objetivo de que más peruanos obtengan la ansiada casa propia, ha creado el programa Nuevo Crédito Mivivienda, el cual permite que las personas puedan acceder a un préstamo hipotecario para financiar la compra de un inmueble, construir un terreno propio o aires independizados y mejorar su vivienda.
Este crédito financia como máximo el 90% del valor de la vivienda y la cuota de pago siempre se mantendrá.
Adicional a ello, el Nuevo Crédito Mivivienda te puede brindar el Premio al Buen Pagador (PBP), que es una ayuda económica no reembolsable, es decir no se devuelve.
¿Cuáles son los bancos y cajas que otorgan el préstamo hipotecario?
Este préstamo financiado por el Fondo Mivivienda (FMV) es canalizado a través de las Instituciones Financieras Intermediarias (IFI), por ello primero debes pasar por una evaluación crediticia.
En ese sentido, el portal del Fondo Mivivienda publicó las 18 entidades con las que trabajan.
¿Cómo solicitar el Nuevo Crédito Mivivienda?
Para solicitar el Nuevo Crédito Mivivienda debes seguir los siguientes pasos:
- Pedir calificación: Solicitar a las entidades financieras afiliadas que evalúen tu capacidad de pago y consulta por el ahorro programado.
- Buscar vivienda: Puede ser por intermedio del buscador de la página oficial, promotores inmobiliarios, portales de las inmobiliarias, entidades financieras o cualquier otro medio certificado.
- Elegir vivienda: Ten en cuenta que si eliges un proyecto que es sostenible se te otorgará un bono adicional al inicial.
- Adquirir la vivienda: Una vez aprobado tu crédito por la entidad financiera, ya puedes ser propietario.
¿Cuáles son los requisitos para acceder al Nuevo Crédito Mivivienda?
Para la compra de una vivienda se deben cumplir las siguientes condiciones:
- Ser mayor de edad (18 años).
- Ser una persona natural residente en el Perú o peruano residente en el extranjero.
- Contar con una cuota inicial mínima del 7.5% del valor de la vivienda.
- Ser calificado como sujeto de crédito por una Institución Financiera (IFI).
- No ser propietario o copropietario, de otra vivienda en cualquier localidad del país. Tampoco podrán ser propietarios de otra vivienda, el cónyuge o el conviviente legalmente reconocido independientemente de su régimen patrimonial o los hijos menores de edad.
- No haber adquirido, ni el solicitante ni su cónyuge o conviviente legalmente reconocido, una vivienda financiada con recursos del Fondo Mivivienda o del Programa Techo Propio o del Fonavi.