Trabajadores beneficiados no solo recuperarán los aportes no abonados, sino además la rentabilidad que hubieran ganado. (Foto : Lino Chipana Obregón / GEC)
Trabajadores beneficiados no solo recuperarán los aportes no abonados, sino además la rentabilidad que hubieran ganado. (Foto : Lino Chipana Obregón / GEC)

Con la REPRO AFP Privado, los empleadores cuentan con una oportunidad para ponerse al día con las obligaciones previsionales pendientes con sus trabajadores, permitiéndoles asegurar una mejor pensión al alcanzar la edad de .

Así, un total de 1,135 empresas privadas ya se han acogido a este régimen de reprogramación de pago de aportes previsionales, a fin de pagar la deuda que mantienen con 63,000 a las AFP, señala la .

Según el gremio de gestoras de pensiones, esta deuda asciende a más de S/ 122.5 millones, e incluye los aportes que las empresas retuvieron de sus trabajadores hasta diciembre de 2022 (10% de sus sueldos), pero que no depositaron en las Cuentas Individuales de Capitalización (CIC) de sus .

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Con ello, los trabajadores beneficiados no solo recuperarán en sus CIC los aportes que no les depositaron oportunamente, sino además la rentabilidad que hubieran ganado en el .

Los empleadores privados aún tienen plazo hasta el 31 de diciembre de 2023 para acogerse a este programa a través de , donde encontrarán información detallada de su deuda, podrán presentar las observaciones o descargos que consideren necesario y suscribir el convenio.

Beneficios

Con el REPRO-AFP privado, las empresas pueden reprogramar el pago de sus deudas hasta en 60 cuotas, beneficiándose también con la extinción de multas, recargos e intereses sobre la deuda acogida y la suspensión de los procesos de cobranza judicial.

Incluso, los empleadores podrán realizar el pago adelantado de cuotas, descontándose los intereses no devengados hasta el mes de su cancelación, de acuerdo con el procedimiento operativo aprobado por la .

Además, la norma precisa un orden de prelación en función de la condición previsional de cada trabajador, dando prioridad a los aportes que viabilicen la cobertura del seguro previsional y la percepción de los beneficios pensionarios.

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