A pocos días de concluir el cronograma de vencimientos para la presentación de la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2015, la indicó que más de 550 mil contribuyentes ya cumplieron con esta obligación, lo que representa un incremento de 10% en comparación con similar fecha del año pasado.

"Esto indica que a cinco días de concluir este cronograma el 61% de los más de 900 mil contribuyentes obligados (entre profesionales independientes y empresas) ya presentaron su declaración", indicó.

Explicó que dicho crecimiento confirma una mejora en la responsabilidad tributaria de los ciudadanos y que las facilidades y servicios implementados por la Sunat han facilitado el cumplimiento de esta obligación.

El cronograma de vencimientos continúa mañana (lunes 4) de abril para los contribuyentes cuyo último dígito de RUC es "6" y finaliza el próximo viernes 8 de abril con la declaración de los Buenos Contribuyentes, que tienen un día más para cumplir con esta obligación.

Servicios virtualesLa declaración se puede presentar a través de Internet desde la comodidad de su casa, oficina o cabina pública, ingresando con su "Clave SOL" en www.sunat.gob.pe. De esta forma, ya no es necesario acudir a una sede de la Sunat para cumplir con responsabilidad tributaria. No obstante, estas oficinas siempre están disponibles para ofrecer orientación.

También se cuentan con formularios virtuales, tanto para personas naturales (N° 701) como empresas (N° 702), que ya tienen una declaración pre-elaborada (con información sobre las rentas y estados financieros), la misma que solo se tiene que validar o modificar con solo un clic. Es decir, ahora ya no es necesario descargar un programa en una computadora para cumplir con esta obligación.

Como un segundo paso, luego de presentar la declaración, se puede efectuar el pago de los impuestos correspondientes con tarjetas de crédito o debido afiliadas a Verified by Visa.

También, de ser el caso, podrá solicitar la devolución de los pagos o retenciones en exceso por Internet. Estas se atenderán en un plazo máximo de 45 días hábiles.

Fraccionamiento inmediato Las personas naturales que no puedan pagar la deuda tributaria calculada en la declaración, podrán fraccionarla inmediatamente a través de un nuevo formulario virtual, habilitado desde el mes de febrero, disponible en el portal de la Sunat.

Las solicitudes que no se presenten paralelamente con la tendrán que esperar cinco días hábiles para poder ser fraccionadas.

Los montos a fraccionar deberán ser superiores al 10 % de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), es decir S/. 395.