JNE nombra a Mario Reyna Rodríguez como alcalde provincial de Trujillo en reemplazo del suspendido Arturo Fernández. Foto: NoticiasTrujillo
JNE nombra a Mario Reyna Rodríguez como alcalde provincial de Trujillo en reemplazo del suspendido Arturo Fernández. Foto: NoticiasTrujillo

El emitió la resolución donde se confirma la decisión del de suspender del cargo de alcalde a César Arturo Fernández Bazán, debido a que posee una condena en segunda instancia por delito doloso y le otorgan el puesto a Mario Colberth Reyna Rodríguez.

Además, se ha convocado a Estefanie Nataly Medina González para que asuma el puesto de regidora del Concejo Provincial de Trujillo, provisionalmente, mientras se resuelve la situación jurídica de Fernández.

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Vacancia de Jorge Salas como alcalde de Trujillo

Jorge Luis Salas Arena, presidente del Pleno del , fundamentó que el proceso penal del suspendido alcalde César Fernández ha concluido luego de declararse inadmisible el recurso extraordinario de casación que la referida autoridad presentó tras confirmarse en segunda instancia su sentencia a un año de pena privativa de libertad suspendida.

En atención a ello, considero necesario señalar que, ante la existencia de una sentencia en segunda instancia, bajo el marco normativo del Código Procesal Penal de 2004 – lo cual implica que la condena se encuentra firme–, se ha concluido el proceso penal; corresponde que el procedimiento a evaluarse en contra de la autoridad municipal sea el de vacancia”, señaló.

Además, Salas Arena mencionó que el artículo 22 numeral 6 de la Ley N° 27972, Ley Orgánia de Municipalidades, prevé que el cargo del alcalde o regidor se declara vacante por el concejo municipal, por sentencia judicial consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de libertad, como ocurrió en este caso.

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Juramentación del cargo como alcalde de Trujillo

Según lo informado por la Agencia Andina, Mario Reyna Rodríguez puede asumir sus funciones desde este 10 de enero, de acuerdo a la Ley 27444.

Además, se señala que, de acuerdo al artículo 6 de la ley 26997, los alcaldes y regidores deben ser juramentados para poder ejercer los cargos, por lo que Mario Reyna deberá convocar a una sesión para poder juramentar como alcalde y, a su vez, la nueva regidora que entrará en su reemplazo.

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