Venta de SOAT se incrementa 18%
Venta de SOAT se incrementa 18%

¿Quién cubre mis gastos por un accidente en el que el conductor se dio a la fuga? En estos casos, en Perú, se recurre al Fondo de Compensación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Fondo y CAT) que, de acuerdo a la Asociación Peruana de Empresas de Seguros (Apeseg) asciende a la fecha a S/ 40 millones.

Dicho fondo cubre los gastos médicos de las víctimas hasta por 5 UIT (S/ 23,000) y para los gastos de sepelio, hasta 1 UIT (S/ 4,600). No obstante, el (MTC), mediante un proyecto normativo busca incluir algunos cambios al fondo. Su propuesta recibirá comentarios hasta el 11 de marzo.

De acuerdo a datos previos a la pandemia, el fondo atendía un promedio de 600 a 700 caso al año. En el 2019 desembolsó cerca de S/ 2.5 millones.

Entre las modificaciones -explica , presidente de Apeseg- se busca incluir tres nuevas coberturas: la cobertura por muerte accidental por hasta 4 UIT (S/ 18,400); invalidez parcial o total también hasta por hasta 4 UIT (S/ 18,400); y la incapacidad temporal hasta 1 UIT (S/ 4,600), según sea el grado de invalidez o incapacidad.

Apeseg ya había planteado cambios al fondo -en el marco de los 20 años de creación que cumple este 2022 el SOAT-, por lo que se han mostrado a favor de utilizar los recursos para la cobertura de fallecimiento, e incluso habían propuesto elevar la cobertura por gastos médicos en aquellos casos (menos del 1% del total) en que se tratara de personas con escasos recursos económicos, “aunque este segundo aspecto no ha sido recogido en la propuesta normativa”.

No obstante, Morón advierte que incluir la cobertura de incapacidad temporal abriría un gran espacio para reclamos fraudulentos que exigirían al MTC desarrollar una enorme capacidad operativa para evitarlos. “En nuestra evaluación esto no parecía ser el uso más eficiente de los recursos del fondo”, señaló.

El proyecto además recoge la posibilidad de utilizar un mecanismo de fideicomiso, lo que permitiría que se garantice por un lado, el correcto uso de los recursos y, por otro lado, permite que el Fondo se rentabilice pudiendo atender mayores coberturas.

Por otro lado, el gremio también calificó de “inoportuno” incrementar de 1% a 2% la aportación de las compañías de seguros y de las Afocat al fondo, “en el entendido que a la fecha dicho fondo cuenta con recursos suficientes, y consideramos que primero hay que hacer eficiente el uso del fondo antes que buscar de incrementarlo más”.

¿Existiría algún riesgo al fondo por la situación de las Afocat? Morón menciona que las Afocat son supervisadas en lo financiero por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) y en el cumplimiento de prestaciones de salud, por Susalud. Dichos organismos junto con Indecopi son los llamados a verificar que se está atendiendo correctamente al usuario. “La preocupación principal debe ser garantizar las atenciones a los afectados”.

Otros cambios

  • Se propone que el Fondo ampare a las víctimas de accidentes de tránsito ocasionados por vehículos que no hayan sido identificados y se den a la fuga en el momento del accidente y también a los familiares.
  • El Comité que administra el fondo, dispondrá, previa evaluación y calificación de las solicitudes, el pago de indemnizaciones por invalidez permanente o incapacidad temporal en favor de la víctima, e indemnización por fallecimiento en favor de los familiares de la víctima.
  • Podrán solicitar el pago por gasto médico la víctima, el cónyuge, o cualquier familiar que se encuentre dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad siempre que sean mayores de edad. Para ello se podrá presentar la partida de matrimonio, un certificado de convivencia u otro documento que acredite la representación.
  • Aportes al fondo para las empresas aseguradoras o AFOCAT (): de acuerdo a la propuesta del MTC, el porcentaje de los aportes por cada SOAT o AFOCAT vendido hasta el 31 de diciembre del 2022 será de 1%; subirá 1,5% del 2023 al 2026; y de 2% desde el 1 de enero del 2027 en adelante.