(Foto: Grupo EC)
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El Poder Judicial creó el Registro de Personas Jurídicas Sancionadas y dispuso su incorporación al Registro Nacional Judicial (Renaju), órgano desconcentrado adscrito a la gerencia general del PJ.

Asimismo, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) aprobó la directiva “normas que Regulan el funcionamiento del Registro de Personas Jurídicas Sancionadas” así como el procedimiento de inscripción, cancelación, modificación, anulación, o suspensión de medidas administrativas en el Registro de Personas Jurídicas Sancionadas.

El alcance del procedimiento en mención recae -precisó el Poder Judicial- en el personal adscrito a los órganos jurisdiccionales que conozcan procesos en materia penal y el personal administrativo de los registros distritales judiciales de todas las cortes superiores del país.

Cabe anotar que la base normativa de la disposición comprende la Ley N° 30424, que regula la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas por el delito de cohecho activo transnacional y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2019-JUS.

También el Decreto Legislativo N° 1352 que amplía la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas, modificando la 30424, entre otras vinculadas al Nuevo Código Procesal Penal y el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Como se recuerda, el Renaju forma parte la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación, y es el órgano desconcentrado encargado de organizar, desarrollar supervisar y mantener actualizado el Registro Nacional de Condenas, Registro Nacional de Requisitorias, Registro Central de Deudores Alimentarios Morosos (Redam).

Igualmente, su radio de competencia comprende el Registro Nacional de Internos Procesados y Sentenciados (Renipros), Registro de Control Biométrico de Procesados y Sentenciados Libres, Registro Nacional de Autorización y Oposición de Viaje de Menores (Renavim), y otros que instituya el CEPJ.