A Pedro Chávarry se le acusa de los delitos de encubrimiento personal y real y otros por el irregular deslacrado de oficinas allanadas por el Equipo Especial del Caso Lava Jato en enero del 2019. (Foto: GEC)
A Pedro Chávarry se le acusa de los delitos de encubrimiento personal y real y otros por el irregular deslacrado de oficinas allanadas por el Equipo Especial del Caso Lava Jato en enero del 2019. (Foto: GEC)

La Comisión Permanente del Congreso de la República aprobó el elaborado por la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales que recomienda inhabilitar por 10 años en el ejercicio de la función pública al exfiscal de la Nación Pedro Chávarry.

El informe fue aprobado con 15 votos a favor, cero en contra y 4 abstenciones. Asimismo, con 18 votos a favor, se dio luz verde a la designación de la congresista Felicita Tocto para sustentar el informe final de las denuncias constitucionales 322 y 365.

Según el documento, a Chávarry Vallejos se le acusa de los delitos de encubrimiento personal y real y otros por el irregular deslacrado de oficinas allanadas por el Equipo Especial del Caso Lava Jato en enero del 2019.

De acuerdo a la denuncia, Chávarry habría autorizado el deslacrado de las cintas adhesivas colocadas en las oficinas del piso 9 del Ministerio Público allanadas por el fiscal José Domingo Pérez, en el marco de las investigaciones a Keiko Fujimori, con autorización del Poder Judicial.

El documento fue expuesto por la congresista Felicita Tocto (Descentralización Democrática), quien señaló cuáles son los presuntos delitos cometidos por Chávarry Vallejos y la sanción correspondiente.

Durante el debate, la congresista Martha Chávez (Fuerza Popular) consideró que el informe tiene una visión “parcializada” y cuestionó que se haya mencionado a su partido en el mismo. También reiteró sus críticas contra el acuerdo de colaboración eficaz firmado con Odebrecht.

Cabe indicar que Pedro Chávarry no se presentó a la sesión de la Comisión Permanente para ejercer su derecho a la defensa. Tampoco lo hizo su abogado, lo que fue calificado como “inasistencia injustificada”.