El municipio de emitió la primera medida que regula el uso de en los espacios públicos en el Perú. En concreto, la norma dispone que solo se podrá jugar en determinadas horas y zonas del distrito.

Así, quiénes infrinjan la medida serán sancionadas con un multa de S/ 395 y con la retención de su equipo celular.

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El alcalde , explicó que con esta disposición busca "la tranquilidad de los vecinos" debido a la presencia en horas de la madrugada de jóvenes enganchados al conocido juego.

En otras partes del mundo, cabe precisar, también se ha limitado el uso de , especialmente en lugares históricos o claves para la seguridad nacional.

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La ordenanza municipal ¿atenta contra la libertad individual?

Para el abogado y especialista en temas municipales Julio Castiglioni, la medida dispuesta por la es inconstitucional, es decir, no se ajusta a lo establecido por la Constitución al restringir la libertad de tránsito, la reunión pacífica sin armas y de asociación.

En esa línea, el especialista opinó que la podría presentar una demanda de inconstitucionalidad como ya lo hecho en otras ocasiones.

"Las ordenanzas tienen rango de ley por lo que una persona natural no puede interponer una demanda de inconstitucionalidad ya que necesitaría de 5,000 firmas. Tendría que ser presentada por los colegios profesionales o tal vez por el Poder Ejecutivo", explicó a Gestión.pe.

Castiglioni recordó que la ya presentó tiempo atrás una demanda inconstitucional cuando subieron los arbitrios desmesuradamente en la comuna de Miraflores, la que fue declarada fundada.

"La demanda puede ser presentada con la firma del . No requiere de mayor trámite y en seis meses podría ser analizada por el Tribunal Constitucional", apuntó.

La autoridad edil ¿puede confiscar celulares sin haberse cometido un delito?

El abogado detalló que ninguna autoridad municipal o policial puede incautar libremente un teléfono celular por el simple hecho de que su dueño está jugando .

"Esa situación es ilegal dado que la retención de un equipo celular no debería darse al menos que se tenga la certeza de la existencia de un delito", remarcó. También consideró que la imposición de una multa – como se pretende en La Punta de S/ 395 – está fuera de la ley.

Enrique Bernales, abogado constitucionalista, añadió que lo discutible de la norma es que se confisque un celular, al no haber delito. "Eso es un exceso. Un abuso", precisó. Pese a ello, consideró que las medidas dispuestas por la comuna de son de resguardo municipal.

"Los municipios tienen la obligación de resguardar la tranquilidad pública y evitar la invasión en parques hasta horas de la madrugada, generando la desazón de los vecinos", opinó. Ante lo cual, más que una demanda inconstitucional, señaló que esta situación podría resolverse con una gestión ante el propio municipio.

"Habría que presentar un reclamo ante el propio municipio y tal vez, generar otro ante Osiptel para regular el uso de estos dispositivos", afirmó.

Por su parte, el abogado Aníbal Quiroga advirtió que si un policía o sereno municipal, incauta un celular por estar jugando y sin un delito aparente, corre el riesgo de ser acusado del delito de abuso de autoridad. "Quienes comenten el delito son los representantes de la municipalidad, y no los ciudadanos", remarcó.

Otros municipios, ¿podrían seguir los pasos de La Punta?

La iniciativa de , de regular el uso de , podría ser replicada por otros distritos de la capital, ante las inusitada presencia de jóvenes en las calles y hasta altas horas de la noche, en opinión de Castiglioni.

"(La norma) Da pie para que otras municipalidades la repliquen. La Punta es un distrito pequeño, y lo quiso hacer el alcalde – me parece – es evitar que los delincuentes se aprovechen de esta moda para agruparse en los parques", puntualizó.