La iniciativa de Héctor Ventura busca fortalecer las prohibiciones en las facultades de nombramiento y las limitaciones en las contrataciones de familiares en las instituciones públicas. (Foto: GEC)
La iniciativa de Héctor Ventura busca fortalecer las prohibiciones en las facultades de nombramiento y las limitaciones en las contrataciones de familiares en las instituciones públicas. (Foto: GEC)

La bancada de presentó un proyecto de ley con la finalidad de incrementar las prohibiciones en el Estado para evitar un posible nepotismo.

La iniciativa en mención, de autoría de , busca fortalecer las prohibiciones en las facultades de nombramiento y las limitaciones en las contrataciones de familiares en las instituciones públicas.

Para ello, la norma modifica la Ley N° 26771, la Ley N° 30057 () y la Ley N° 30225 (Ley de Contrataciones del Estado).

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“Los funcionarios, directivos, servidores públicos y personal de confianza de las entidades y reparticiones públicas conformantes del Sector Público Nacional, así como de las empresas del Estado, que gozan de la facultad de nombramiento y contratación de personal, o tengan injerencia directa o indirecta en el proceso de selección se encuentran prohibidos de nombrar, contratar o inducir a otro a hacerlo en su entidad respecto a sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o de afinidad, por razón de matrimonio, unión de hecho, convivencia o ser progenitores de sus hijos. Para los efectos de la presente ley, el parentesco por afinidad se entiende también respecto del concubino, conviviente y progenitor del hijo”, se lee en la iniciativa.

En la anterior norma la prohibición para contratar parientes solo alcanzaba hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.

La restricción también incluye a la “suscripción de contratos de locación de servicios, contratos de consultoría y otros de naturaleza similar”.

En lo que respecta a la Ley de Contrataciones del Estado, se precisa que el cónyuge, conviviente o los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o de afinidad del funcionario estarán impedidos para contratar con el Estado, ya sea en la calidad de participantes, postores, contratistas y/o subcontratistas.

“El Ejecutivo adecua el Reglamento de la ley que establece la prohibición de ejercer la facultad de nombramiento y contratación de personal en el sector público en casos de parentesco, el Reglamento General de la Ley del Servicio Civil y el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias en un término no mayor de 30 días hábiles contados a partir de la vigencia de la norma”, concluye la propuesta.

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Los fundamentos

En el proyecto de ley se recuerda que en el país, en los últimos años, se han mostrado y evidenciado continuos casos de contratos con el Estado de familiares de autoridades, funcionarios y directivos del Estado, quienes en muchas ocasiones evidencian aprovechamiento del cargo, a pesar de existir claros parámetros éticos, reglamentos y procedimientos normativos establecidos por las instituciones del Estado.

“Cada vez es más frecuente ver diversas denuncias de los ciudadanos en diversos medios de comunicación, asimismo investigaciones en las que se detecta a autoridades, exautoridades y funcionarios que, a sabiendas de la prohibición de contratar familiares con cercana línea de parentesco consanguíneo y afinidad, optan por el aprovechamiento del cargo y abuso de poder, con el cual expresan actos de nepotismo desde la autoridad electa y funcionario público”, se cuestiona en el texto.

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También se enumeran varios casos de nepotismo en el sector público y que involucraron a exministros, como Aníbal Torres y Pedro Francke, congresistas (Pasión Dávila) y hasta de la propia presidenta , cuando ejerció el cargo de ministra de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS).

“Se tiene como objeto modificar el impedimento de contratar con el Estado, cuando se trate del cónyugue, conviviente o los parientes en hasta el cuarto grado de consanguinidad o afinidad. Es decir, reforzar el impedimento y reducir las prácticas de nepotismo en los funcionarios públicos. Con ello ya no podrían contratar ni nombrarse los familiares o los parientes, en tercer y cuarto de afinidad”, se lee en la propuesta.

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