José Domingo Pérez aseguró que la defensa de Keiko Fujimori no puede usar el fallo del TC como argumento de defensa. (Foto: GEC)
José Domingo Pérez aseguró que la defensa de Keiko Fujimori no puede usar el fallo del TC como argumento de defensa. (Foto: GEC)

El fiscal José Domingo Pérez, del equipo especial Lava Jato, aseguró, a su salida de la audiencia de prisión preventiva contra la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, que las organizaciones criminales a las que se enfrenta cuentan con “mecanismos legales” con los que buscan dilatar las investigaciones y los procesos judiciales.

“Nosotros sabemos que las organizaciones criminales a las que nos enfrentamos tienen muchos mecanismos y unos de ellos son estos brazos legales que buscan intimidar a los testigos, a los colaboradores. Como fiscal me encargo de perseguir el delito, pero las organizaciones criminales tienen dentro de ese foco a los operadores de justicia. Las organizaciones criminales cuentan con mecanismos legales, como la recusación a los jueces para dilatar los procesos y evitar el avance de las investigaciones”, sostuvo.

El pasado 30 de diciembre la Segunda Sala Penal de Apelaciones del Poder Judicial, presidida por César Sahuanay, revisó el recurso de recusación presentado por la defensa de Keiko Fujimori contra el juez Víctor Zúñiga Urday, del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria, encargado de revisar el caso contra la lideresa de Fuerza Popular.

Giulliana Loza explicó, al presentar el recurso que busca apartar al referido juez, que “duda de la imparcialidad del magistrado de primera instancia” al declarar instalada la audiencia del nuevo pedido de prisión preventiva contra Keiko Fujimori por parte del Ministerio Público, en el marco del Caso Odebrecht.

Además, Pérez Gómez, afirmó que la defensa de Fujimori Higuchi no puede utilizar la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que excarceló a la excandidata presidencial el pasado 25 de noviembre como argumento a su favor debido a que este fallo no cumplió con los requisitos necesarios.

“Entendemos que no se puede referir a la resolución del Tribunal Constitucional, puesto que no ha tenido los cuatro votos que señala la propia ley orgánica del Tribunal Constitucional. Para que pueda ser una resolución válida la ley dice que debe haber cuatro magistrados que voten de la misma manera. En el caso de la sentencia que liberó a Keiko Fujimori no se ha presentado ese caso. Solo coincidieron en excarcelarla. Esos argumentos que van a ser utilizados probablemente por la defensa no deberían ser, primero, expuestos en esta audiencia ni tampoco ser tomados en cuenta por el juez”, aseveró.

Cabe indicar que el juez Víctor Zúñiga suspendió la audiencia del caso Keiko Fujimori hasta las 5 p. m. El Ministerio Público pide que se vuelva dictar prisión preventiva por 36 meses, como se dispuso en octubre del 2018.