Los titulares con licencia de operación vigente deberán presentar informes de monitoreo en formato impreso y digital, según los plazos establecidos en el protocolo de OEFA. (Foto: Andina)
Los titulares con licencia de operación vigente deberán presentar informes de monitoreo en formato impreso y digital, según los plazos establecidos en el protocolo de OEFA. (Foto: Andina)

El ha divulgado el proyecto de norma que plantea modificaciones en los informes presentados por las plantas pesqueras ante el

Se ha dispuesto la publicación del proyecto de Resolución Ministerial, el cual introduce modificaciones al numeral 6.8.5 del punto 6 del Protocolo para el Monitoreo de Efluentes de los Establecimientos Industriales Pesqueros de Consumo Humano Directo e Indirecto, previamente aprobado mediante la Resolución Ministerial Nº 271-2020-PRODUCE.

Este proyecto estará disponible para su revisión y comentarios durante un periodo de 10 días hábiles. Durante este tiempo, se espera recibir opiniones, comentarios y sugerencias por parte de entidades públicas, privadas y la ciudadanía en general.

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¿Qué incluye?

Se ha dispuesto la publicación del proyecto de Resolución Ministerial, que busca modificar el numeral 6.8.5 del punto 6 del Protocolo para el Monitoreo de Efluentes de los Establecimientos Industriales Pesqueros de Consumo Humano Directo e Indirecto, aprobado por Resolución Ministerial Nº 271-2020-PRODUCE. Este proyecto estará disponible para comentarios y sugerencias por un período de 10 días hábiles, dirigidos tanto a entidades públicas y privadas como a la ciudadanía en general.

En virtud del protocolo actual de efluentes pesqueros, los titulares con licencia de operación vigente deben presentar al informes de monitoreo e informes anuales de monitoreo en formato impreso y digital, según los plazos establecidos en el protocolo.

No obstante, con la introducción del Módulo “Informes de Monitoreo Ambiental” (IMA) por parte del OEFA, ya no se considera necesario mantener la presentación impresa, ya que este servicio digital facilita el registro y la sistematización de la información.

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Este proyecto normativo, como parte de una mejora regulatoria, propone la eliminación de la obligación de presentar información en formato impreso, contribuyendo a una gestión más eficiente de la información y promoviendo la gestión sin papel.

Además, se especifica la presentación de la cadena de custodia y el certificado de calibración junto con los informes de ensayo, ya que estos documentos son parte integral de los informes y permiten verificar la correcta aplicación de la metodología utilizada.

En resumen, esta iniciativa normativa representa una mejora regulatoria al eliminar la obligación de entrega de información impresa, proporciona previsibilidad al detallar la documentación requerida para el Módulo IMA y contribuye a las labores de supervisión y fiscalización ambiental por parte de la autoridad competente y la vigilancia ambiental dentro del marco del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), en este caso, el Ministerio de la Producción.

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