Hace algunos días, el Poder Ejecutivo publicó el Decreto Legislativo 1354, que modifica la Ley de la Reconstrucción con Cambios, en el marco de las facultades legislativas delegadas.

La Cámara Peruana de la Construcción (Capeco) alertó sobre la afectación de prescindir de las licencias de edificación para las viviendas de los damnificados, tal como establece la sétima disposición complementaria final del decreto legislativo.

Por ello, la pregunta de hoy es:

¿Las viviendas de la reconstrucción deben hacerse sin licencia de edificación?

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