“La inafectación del IR que pudiera gozar una asociación no tiene incidencia en el IGV, tal como se señaló en la RTF 2554-4-2002, en un caso donde se analizaba si el Estado podía ser contribuyente o no del IGV por la venta de medicinas en una farmacia municipal.” (Foto: GEC)
“La inafectación del IR que pudiera gozar una asociación no tiene incidencia en el IGV, tal como se señaló en la RTF 2554-4-2002, en un caso donde se analizaba si el Estado podía ser contribuyente o no del IGV por la venta de medicinas en una farmacia municipal.” (Foto: GEC)

Catedrático de las Universidades del Pacífico, UPC y UCSUR