"La JNJ necesita reconstruirse y aislarse de la política. Lo peor que podría hacer el Congreso es insistir en el error de ir por el camino contrario".
"La JNJ necesita reconstruirse y aislarse de la política. Lo peor que podría hacer el Congreso es insistir en el error de ir por el camino contrario".

Ya desde septiembre, cuando un grupo de congresistas solicitaron por primera vez la destitución de todos los miembros de , advertimos que, de aprobarse, este podría convertirse en un precedente peligroso. Si bien la Constitución permite al destituirlos por ‘faltas graves’, no define con precisión qué conductas podrían considerarse faltas graves. Al tampoco existir una ley que lo haga, el estándar lo definen los precedentes prácticos. Y lo cierto es que los motivos de esta moción parecen más políticos que técnicos, lo que resulta más alarmante ahora que la Comisión Permanente aprobó el informe final que recomienda la inhabilitación de los magistrados.

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En concreto, la acusación más relevante sindica a los siete integrantes por permitir que la magistrada Inés Tello continúe en su cargo hasta pasados los 75 años de edad, pese a que el artículo 156 de la Constitución establece que los miembros de la deben ser “mayores de 45 años” y “menores de 75″. El punto, no obstante, es legalmente discutible: el artículo 154 dice que se elige a los magistrados “por un periodo de cinco años”. Y ambos artículos deben cumplirse. Así, puede interpretarse que los 75 años son un límite máximo de acceso, mas no necesariamente de salida.

De hecho, la no tomó esta decisión por cuenta propia, sino que consultó a Servir (Ejecutivo) y este último recomendó la segunda interpretación. Si bien es posible discrepar, lo peligroso sería definir que el Congreso puede interpretar como ‘falta grave’ que otro organismo adopte una interpretación jurídica distinta a la que tenga la mayoría de turno. Si eso ocurre, futuros Congresos podrían utilizar la misma lógica para argumentar que otras discrepancias con la JNJ en cómo deben cumplir sus funciones –o con el contralor, o con los miembros del BCR, que también pueden ser destituidos por ‘falta grave’– podrían ameritar igualmente una destitución.

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Deben considerarse, además, las revelaciones hechas hasta ahora por Jaime Villanueva y Eduardo Roy Gates sobre la exfiscal de la Nación, Patricia Benavides –que coinciden con fechas, votaciones y otros testimonios–, que han destapado que parte del interés de Benavides era justamente esta sanción a la JNJ. Solo ello deja claro actualmente que hay incluso más razones que antes para que el Congreso no insista.

Dicho todo esto, cabe mencionar también que es lamentable cómo el rol de la JNJ en estos años ha dejado mucho que desear. No solo por las recientes acusaciones contra Henry Ávila y Guillermo Thornberry –que sí parecen más claramente faltas graves–, sino por su pasividad y cuestionable criterio en la selección de autoridades (como la propia Benavides). La JNJ necesita reconstruirse y aislarse de la política. Lo peor que podría hacer el Congreso es insistir en el error de ir por el camino contrario.

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