(Foto: Andina)
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Con la finalidad de cautelar la solvencia de las empresas de seguros, en beneficio de los intereses de los asegurados, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó un nuevo reglamento de reserva técnica de siniestros que actualiza las disposiciones para la constitución de las reservas técnicas de siniestros en base a los estándares internacionales, aprobado por la Asociación Internacional de Supervisores de Seguros (conocida como IAIS, por sus siglas en inglés), y a la experiencia y casuística detectada en los procesos de supervisión a las empresas de ese sector.

Las mejoras incorporadas en este nuevo marco legal -que sustituirá al reglamento aprobado mediante Resolución SBS N° 4095-2013- permitirán reflejar de manera más precisa las obligaciones de las empresas de seguros con los asegurados.

Entre las novedades del nuevo reglamento, destacan las disposiciones generales para la constitución de los componentes de la reserva de siniestros en base a la mejor estimación de las siguientes reservas: reserva de siniestros pendientes de liquidación (RSPL), reserva de sinestros ocurridos pero no reportados (IBNR, por sus siglas en inglés) y reserva de gastos de liquidación; así como la incorporación del margen sobre la mejor estimación de la reserva de siniestros (MOCE), componente propuesto para la valuación de las reservas técnicas por el Principio Básico de Seguros N° 14 de la IAIS.

También se establecen los procedimientos de autorización para el uso o cambio de metodologías propias para la mejor estimación de las obligaciones y/o el MOCE de la reserva técnica de siniestros.



Se incorpora un anexo metodológico para el cálculo del IBNR cuando las empresas no cuentan con estadísticas suficientes que le permitan aplicar metodologías propias acorde al perfil de su cartera, así como metodologías para la estimación de la reserva de gastos de liquidación directos e indirectos.



Se precisa el registro contable de la reserva de siniestros considerando sus nuevos componentes y enfoque metodológico.