El pleno del Congreso debatirá el lunes el dictamen sobre el proyecto de Ley de Promoción Agraria, aprobado el último sábado por la Comisión de Economía.

La sesión virtual se realizará desde las 9 a.m., según la convocatoria de la presidenta del Congreso, Mirtha Vásquez.

En lo relativo a los salarios, el dictamen plantea que la remuneración básica no puede ser menor a la Remuneración Mínima Vital (RMV). Adicionalmente, el trabajador percibirá una Bonificación Especial por Trabajo Agrario (BETA) del 20% de la RMV, con carácter no remunerativo.

Esta es una propuesta similar a la que había sugerido el Ejecutivo hace unos días durante su presentación en citada comisión.

Las gratificaciones equivalen al 16.66% de la remuneración básica y la CTS equivale a 9.72% de la remuneración básica. De forma facultativa, el trabajador puede elegir recibir los conceptos de CTS y gratificaciones de forma separada de la remuneración diaria o puede decidir que siga siendo pagada de forma prorrateada en la remuneración diaria.

Utilidades

Un cambio respecto a la propuesta inicial de la presidencia de la comisión de Economía está referido al reparto de a los trabajadores. Se acordó que los trabajadores agrarios participarán del 5% de las utilidades de las empresas durante los años 2021, 2022 y 2023, pero a partir del 2024 su participación será del 10%.

Por otro lado, se precisa que la ley excluye a los productores agrarios organizados en asociaciones de productores, siempre y cuando cada asociado de manera individual no posea más de cinco hectáreas.

Preferencia de contratación

Si un trabajador ha sido contratado por pequeños plazos que suman más de dos meses dentro del periodo de un año, tendrá preferencia para ser contratado cuando el empleador necesite más trabajadores para la misma línea de cultivo, se indica.

Sobre el aporte al Seguro de Salud, se precisa que las empresas de 100 o más trabajadores o ventas mayores a 1,700 UIT en el año fiscal previo deberán pagar el equivalente al 7% de la remuneración básica en los años 2021 y 2022, mientras que entre el 2023 y el 2024 pagarán 8%, y del 2025 en adelante el 9%.

En cambio, las empresas que el año pasado hubieran declarado menos de 100 trabajadores o ventas menores a 1,700 UIT pagarían un 6% de aporte a Essalud entre 2021 y 2027, y un 9% del 2028 en adelante.

En lo relativo al pago del Impuesto a la Renta, las personas naturales o jurídicas con ingresos de hasta 1,700 UIT en un ejercicio gravable pagarán una tasa del 10% entre el 2021 y el 2031.

En tanto, las empresas cuyos ingresos superen las 1,700 UIT en un ejercicio gravable pagarán una tasa de 15% del 2021 al 2022. Esta subirá 20% para el 2023 y el 2024, a 25% del 2025 al 2027 y se adecuará al régimen general (29.5%) del 2028 en adelante.

Los cambios propuestos para la nueva Ley de Promoción Agraria.
Los cambios propuestos para la nueva Ley de Promoción Agraria.