Impuesto predial  (Foto: GEC)
Impuesto predial (Foto: GEC)

La baja recaudación municipal, tanto por impuesto predial como por arbitrios, ha llevado al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) a diseñar un nuevo esquema para que los municipios puedan incrementar sus recursos.

Para ello presentó un proyecto de ley al Congreso de la República, en la que se precisa como una de las medidas el incremento automático del impuesto predial y/o arbitrios municipales, ligado a las licencias de construcción.

Es decir, las municipalidades tendrían la facultad de incrementar dichos tributos una vez concluida la vigencia de la licencia correspondiente, sea esta de edificación o habilitación urbana.

Actualmente, el incremento del monto del impuesto predial producto de habilitaciones urbanas nuevas y/o edificaciones, es exigible a partir de la recepción y/o la conformidad de obra y declaratoria de edificación, trámites que hacen las personas que solicitan las licencias de construcción.

Sin embargo, el viceministro de Economía, Michel Canta, dijo que las personas no se acercan a hacer el trámite de conformidad de obra y a pesar de que están terminados, siguen pagando un impuesto más bajo del que les corresponde.

“Lo que queremos hacer es que las municipalidades puedan incrementar el valor del predio y, por ende, del impuesto predial, una vez concluida la vigencia de la licencia correspondiente”, dijo ante la Comisión de Economía, donde sustentó la iniciativa legislativa.

Oposición

El especialista en derecho municipal, Julio César Castiglioni, se mostró en contra de esta propuesta del MEF, debido a que considera que hoy en día la vivienda es un derecho humano y ya dejó de ser un bien ligado a la riqueza, como cuando se creó.

“El impuesto predial se debe pagar una sola vez. Cuando aparece es un impuesto a la riqueza porque antes tenían casa solo lo ricos o los hacendados. Hoy la vivienda es un derecho humano y debería eliminarse el pago anual de ese tributo”, dijo. Asimismo, explicó que los terrenos eriazos que tienen propietario, los terrenos rústicos y los terrenos con habilitación urbana actualmente pagan el impuesto predial.

Impuesto vehicular

Otro de los cambios que se plantea para el incremento de la recaudación municipal es eliminar la exoneración del impuesto vehicular a las personas jurídicas propietarias de vehículos que no forman parte de su activo fijo.

Es decir, cuando las empresas cedan el uso de sus vehículos a terceros, pero manteniendo la propiedad de dichos bienes. Sin embargo, sí se plantea exonerar del pago de este tributo a quienes sufran el robo o destrucción total del vehículo.

Para potenciar estas medidas se establecería que las administraciones tributarias municipales puedan celebrar convenios para la gestión y administración de sus tributos, sea con sus municipios provinciales e, incluso, con la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat).