Este lunes 1ro de noviembre será feriado por celebrarse el Día de todos los Santos. Asimismo, con el objetivo de promover el turismo, hace unos días el Ejecutivo, mediante una norma, dispuso que el martes 2 de noviembre será día no laborable para el sector público, mientras que para el sector privado la medida será optativa.
Al respecto, Elizene Vásquez de Velasco, Asociada Senior del área laboral del Estudio Rebaza, Alcázar & De Las Casas, recordó que el pasado lunes 11 de octubre también fue declarado por el Gobierno como día no laborable para generar un fin de semana largo con el feriado del viernes 8 de octubre.
No obstante, en aquella oportunidad algunas entidades estatales anunciaron que sí iban a atender al público el lunes 11 de octubre, para no causar retrasos en los diversos trámites que requieren hacer los ciudadanos.
“Ahora también habrá que esperar los anuncios que hagan las entidades estatales para saber cuáles atenderán o no al público el 2 de noviembre”, refirió.
En caso un trabajador, ya sea del sector privado o público, labore el 1ro y/o el 2 de noviembre, ¿Cuál será la diferencia en el pago que recibirá?
La especialista indicó que en el caso del 1ro de noviembre, al ser feriado, si el trabajador labora, deberá recibir un pago adicional equivalente a una remuneración diaria. Por ejemplo, si un trabajador gana normalmente S/ 100 al día, ese será el monto adicional que recibirá a fin de mes.
Pero si el trabajador labora el 2 de noviembre, no recibirá ningún pago adicional. “Es importante tener claro esta diferencia entre un día feriado y un día no laborable, pues muchas veces se da esta confusión”, subrayó Elizene Vásquez de Velasco.
Asimismo, para quienes laboren el feriado 1ro de noviembre, otra alternativa de compensación del empleador, en lugar del pago adicional, sería el dar un día de descanso extra al trabajador.
La norma indica que la elección de la compensación –pago o día de descanso adicional- se debe establecer de mutuo acuerdo entre las partes, pero a falta de ello, la decisión final la tomará el empleador.
Por otro lado, los siguientes días no laborables establecidos por el gobierno son: viernes 24 de diciembre de 2021, lunes 27 de diciembre de 2021, viernes 31 de diciembre de 2021 y lunes 03 de enero de 2022.