El 25 de setiembre de 2020 el Estudio Laos, Aguilar, Limas & Asociados formuló ante el INDECOPI la denuncia contra la Municipalidad de Pueblo Libre por la imposición de barreras burocráticas ilegales y/o carentes de razonabilidad (Foto: Referencial/ Rolly Reyna / El Comercio)
El 25 de setiembre de 2020 el Estudio Laos, Aguilar, Limas & Asociados formuló ante el INDECOPI la denuncia contra la Municipalidad de Pueblo Libre por la imposición de barreras burocráticas ilegales y/o carentes de razonabilidad (Foto: Referencial/ Rolly Reyna / El Comercio)

El , a través de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas, resolvió declarar barrera burocrática ilegal la decisión de la Municipalidad de Pueblo Libre de exigir mediante una ordenaza reordenar, reubicar o retirar el cableado aéreo y/o postes de electricidad que generen peligro a terceros en las áreas de uso público de este distrito, según resolución 0040-2021-CEB-Indecopi.

El Estudio Laos, Aguilar, Limas & Asociados indicó que a criterio de la citada comisión, algunas disposiciones de la Ordenanza 544-MPL son ilegales pues la Municipalidad de Pueblo Libre no es competente para emitir normas destinadas a regular actividades vinculadas al sector electricidad, que es competencia del Ministerio de Energía y Minas (Minem) y de Osinergmin.

Agregó que el Indecopi también declaró ilegal la exigencia establecida en la misma ordenanza de realizar el retiro y/o reubicación de los postes de electricidad que interfieran con el tránsito vehicular y/o peatonal y los que se encuentran en mal estado, dentro del plazo establecido en el Plan de Contingencia Inmediato.

Indecopi declaró que el Plan de Contingencia Inmediato que era exigido a las empresas eléctricas en el artículo 6 de la Ordenanza, no ha sido previsto en el marco legal vigente y, por tanto, también son una barrera burocrática ilegal.

La firma legal sostuvo que la importancia de esta resolución es que las barreras burocráticas ilegales han sido declaradas “con efectos generales” por la Comisión, lo cual beneficia a los ciudadanos y agentes económicos que se vean afectados con estas medidas en Pueblo Libre.

“En caso de que otros distritos de la capital emitan medidas similares, pueden ser cuestionadas ante Indecopi, tomando como referencia el criterio vertido por dicha entidad en el presente caso”, señaló.

El 25 de setiembre de 2020 el Estudio Laos, Aguilar, Limas & Asociados formuló ante el Indecopi la denuncia contra la Municipalidad de Pueblo Libre por la imposición de barreras burocráticas ilegales y/o carentes de razonabilidad mediante la Ordenanza N° 544-MPL.

“La Ordenanza establecía requerimientos no contemplados en las normas de carácter general, excedían las facultades normativas de la Municipalidad de Pueblo Libre y regulaban aspectos que eran de competencia exclusiva del Ministerio de Energía y Minas y del Osinergmin”, explicó la firma.

Agregó que mediante Resolución N° 0078-2021/STCEB-INDECOPI del 10 de marzo último, la Comisión ha declarado “consentido” el caso pues la Municipalidad de Pueblo Libre no interpuso recurso impugnatorio alguno.