No habrán obras privadas en el Morro Solar. (Foto: GEC)
No habrán obras privadas en el Morro Solar. (Foto: GEC)

El Tribunal Constitucional declaró improcedente la demanda de amparo presentada por Gremcitel mediante la cual solicitó se declare la nulidad de una serie de resoluciones emitidas por el Instituto Nacional de Cultura (ahora parte del Ministerio de Cultura), las cuales declararon parte del Morro Solar como patrimonio cultural de la Nación y ordenaron se remitan a la Municipalidad de Chorrilos y la Municipalidad Metropolitana de Lima.

Gremcitel señaló que estas resoluciones afectaban su derecho de propiedad, ya que había adquirido los terrenos afectados entre el 2003 y 2006 de sus antiguos propietarios, quienes, a su vez, los habían adquirido de la Municipalidad de Chorrillos en 1995.

La empresa buscaba la construcción del Complejo Residencial Turístico Punta del Sol en los terrenos en disputa, así como los proyectos Balnearios Turísticos de la Chira y La Herradura, según el Ministerio de Cultura.

Causal

De acuerdo al Tribunal Constitucional, Gremcitel ya había iniciado un proceso contencioso administrativo, por lo que incurrió en una causal de improcedencia del proceso constitucional, dado que ya había “recurrido previamente a otro proceso judicial para pedir tutela respecto de su derecho constitucional”.

En ese sentido, el TC no emitió pronunciamiento sobre el fondo del asunto y puso fin al proceso debido a un tema de forma.

Voto en Discordia

Cabe indicar que los magistrados Blume y Ramos indicaron que Gremcitel acudió al TC para proteger derechos constitucionales distintos a los invocados en la demanda contencioso administrativa, por lo que señalan que la demanda no es improcedente.

Al analizar el fondo, le dieron la razón a Gremcitel. Sin embargo, su voto fue en minoría y no cambió el resultado final de la sentencia.