Uno de los pasos claves para crear una empresa formal es que el documento constitutivo sea llevado a una notaría para su revisión y que sea elevado a escritura pública en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp).
No obstante, debido a la cuarentena, las notarías están cerradas, por lo que no pueden constituirse nuevas empresas formales.
“Al no poder las personas ir a los notarios, no se pueden formalizar estos actos de constitución de una empresa”, señaló a Gestión.pe Mario Rosario, Jefe de la Dirección Técnica Registral de la Sunarp.
Ante ello, el Colegio de Notario de Lima ha solicitado al Ejecutivo que este servicio sea incluido en la primera fase de reinicio de actividades, para este 4 de mayo, bajo estrictos protocolos sanitarios, y así dar continuidad a este y otro tipo de trámites que requieren de un notario.
Agilización online
Una vez que se restablezcan los servicios de las notarías, el registro que deben hacer de la constitución de una empresa en Sunarp puede realizarse de forma online, destacó la Sunarp.
Ello a través del Sistema de Intermediación Digital (SID-Sunarp), plataforma tecnológica que permite iniciar el procedimiento registral electrónicamente sin necesidad de llenar formularios físicos ni acudir a una oficina de la Sunarp.
“Se ahorra en papel y tiempo, pues el registro es inmediato. Y los pagos también se pueden hacer online con tarjeta de crédito o débito”, subrayó Mario rosario.
Otra de las ventajas de constituir una empresa a través del SID-Sunarp es la asignación automática del número de RUC, así como la entrega de clave SOL y código de usuario.
La Sunarp también brindó una guía de seis pasos para constituir una empresa:
1. Búsqueda y reserva de nombre. La reserva de nombre es el paso previo a la constitución de una empresa o sociedad. No es un trámite obligatorio, pero sí recomendable para facilitar la inscripción de la empresa o sociedad en el Registro de Personas Jurídicas de la Sunarp. Durante la calificación de la Reserva de Nombre, el registrador público tiene que verificar si existe alguna igualdad o coincidencia con otro nombre, denominación, completa o abreviada, o razón social de una empresa o sociedad preexistente o que esté gozando de la preferencia registral.
2. Elaboración de la Minuta de Constitución de la Empresa o Sociedad. A través de este documento el titular de la empresa o los miembros de la sociedad manifiestan su voluntad de constituir la persona jurídica. El acto constitutivo consta del pacto social y los estatutos. Asimismo, se nombra a los primeros administradores, de acuerdo a las características de la persona jurídica.
3. Aporte de capital. Podrá aportarse dinero, el cual se acreditará con el documento expedido por una entidad del sistema financiero nacional; o bienes (inmuebles o muebles, en estos últimos se entienden los derechos de crédito) los que se acreditarán con la inscripción de la transferencia a favor de la empresa o sociedad, con la indicación de la transferencia en la escritura pública o con el informe de valorización detallado y el criterio empleado para su valuación, según sea el caso.
4. Elaboración de Escritura Pública ante el notario. Una vez redactado el acto constitutivo, es necesario llevarlo a una notaría para que un notario público lo revise y lo eleve a Escritura Pública. Este documento debe estar firmado y sellado por el notario y tener la firma del titular o los socios, incluidos los cónyuges de ser el caso. El costo y el tiempo del trámite dependerán de la notaría que elijas.
5. Inscripción de la empresa o sociedad en el Registro de Personas Jurídicas de la Sunarp. Ya sea en el Registro de Sociedades, para las sociedades anónimas cerradas, abiertas, sociedad comercial de responsabilidad limitada; o en el Registro de Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. En la Sunarp obtendrá un asiento registral de inscripción de la empresa o sociedad como persona jurídica. Este procedimiento normalmente es realizado por el notario. El plazo de calificación es de 24 horas desde la presentación del título.
6. Inscripción al RUC para Persona Jurídica. El Registro Único de Contribuyentes (RUC) es el número que identifica como contribuyente a una Persona Jurídica o Persona Natural. El RUC contiene los datos de identificación de las actividades económicas y es emitido por la Sunat.