Redacción Gestión

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La Comisión de Protección al Consumidor N° 3 del sancionó a la Empresa de Transportes Unidos (Etusa) con 318.4 UIT (unidades impositivas tributarias), que equivalen a S/ 1'256,100, por afectar los derechos de los consumidores.

Con el apoyo de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización del Indecopi se detectó que esta empresa no brindó un servicio idóneo en cuanto a su obligación de cobrar el y entregó información falsa a los pasajeros respecto del precio de sus pasajes.

De acuerdo a la resolución, la que cubre la ruta EO-35, entre los distritos de San Juan de Lurigancho y Chorrillos, infringió el artículo 2 del Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) debido a que brindó a los consumidores información falsa respecto del precio del medio pasaje, por lo que se le sancionó con 3.6 UIT.

Además, se acreditó que la empresa infringió el artículo 19 del referido Código, pues cobró por pasaje universitario un monto mayor a lo establecido en el artículo 3 de la Ley N° 26271 que precisa que el precio del pasaje universitario en el ámbito urbano o en el interurbano no podrá exceder el 50 % del precio del pasaje adulto, este hecho mereció una sanción de 314.8 UIT

"Se trata de un caso de impacto dado que involucra más de 3.5 millones de viajes realizados por universitarios entre julio del 2014 y noviembre del 2015, respecto de los cuales se realizó un cobro indebido del medio pasaje", explicó el Indecopi

Asimismo, indicó que en la medida que se corrija esta conducta, se generará un considerable ahorro social que sobrepasa el medio millón de soles anual.

La resolución fue apelada y será revisada por la Sala Especializada en Protección al Consumidor.