Redacción Gestión

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El Poder Ejecutivo aprobó hoy el reglamento de la norma que modifica a la Ley de Obras por Impuestos, la cual incluyó el mantenimiento y operación de la obra a cuenta del pago del Impuesto a la Renta de la empresa privada.

El reglamento precisa que cuando el mantenimiento de la obra forme parte de los compromisos de la , en el marco de la Ley de Obras por Impuestos, se financiará y/o realizará, de acuerdo a las condiciones generales establecidas en las bases y el convenio suscrito entre la empresa y el gobierno regional o local.

Dichas condiciones deberán reflejarse y detallarse en un Expediente de Mantenimiento, que considere la información prevista en el Expediente Técnico o Estudio Definitivo, refiere la norma.

También dispone que el Expediente de Mantenimiento deberá contener como mínimo las actividades, periodicidad, cronograma y los costos del mantenimiento a efectos de alcanzar el nivel de servicio o estándar de calidad correspondiente.

Ese expediente deberá contar con la conformidad de la Unidad Ejecutora previamente a su aprobación por el órgano resolutivo o titular de la entidad pública, o a quien este delegue dicha función.

La supervisión del mantenimiento estará a cargo de la entidad pública que verificará el avance y calidad de las actividades de mantenimiento previstas en el Expediente de Mantenimiento.

En caso se requiera y con cargo a su presupuesto institucional, la entidad pública podrá contratar los servicios de una entidad privada supervisora.

Una vez culminado el plazo establecido en los convenios entre la empresa privada y el gobierno regional o local para el mantenimiento de , la entidad pública deberá encargarse del mantenimiento de las mismas.