(Foto: Andina)
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Con amplia mayoría la Comisión de Defensa del Consumidor aprobó el y un bono de S/ 930 a los pensionistas del sistema público de pensiones.

El oficio remitido contiene 26 puntos algunos de los cuales son de carácter constitucional y otros económicos. Ante ello propongo un predictamen para su insistencia”, dijo el presidente de la Comisión de Defensa del Consumidor, José Luna.

Durante el debate se pidió que se exonere su vista en otras comisiones como la Trabajo para que sea debatida la insistencia en el Pleno del Congreso.

Como se recuerda la propuesta congresal aprobada en agosto plantea que el retiro de dinero se llevaría a cabo de la siguiente manera, bajo previa solicitud:

  • Hasta el 50% de 1 UIT en el plazo máximo de 30 días calendario posteriores a la conformidad de la solicitud que otorgará la ONP.
  • El saldo restante se entregará en un plazo máximo de 90 días calendario posterior al primer desembolso.

La ONP emitirá su conformidad sobre la solicitud en un plazo máximo de 30 días hábiles de haberla recibido de forma física, presencial o remota. En caso la institución no se llegara a pronunciar en el plazo previsto, se aplicará el silencio positivo administrativo.

El retiro de los fondos mantendrán su condición de intangibles, por lo que no podrán ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención, cualquier forma de afectación, sea por orden judicial y/o administrativa.

La intangibilidad de los fondos no aplica a las retenciones judiciales o convencionales derivadas de deudas alimentarias, hasta un máximo de 30% de lo retirado.

Igualmente, añade que la ONP otorgará por única vez, a los pensionistas del Decreto Ley 19990, una retribución extraordinaria equivalente a un sueldo mínimo (fijado actualmente en S/ 930).

Esta remuneración se realizará según el cronograma que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) emita en 15 días calendario de publicada la norma.

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