Desde este año los trabajadores con rentas de cuarta y quinta categoría pueden deducir como gasto al calcular el pago de su Impuesto a la Renta (IR) hasta el 15% del monto gastado en hoteles, restaurantes y bares.
Para que la deducción sea válida, el establecimiento debe emitir un comprobante electrónico y en este documento debe registrarse el DNI del consumidor.
Pero a la fecha no todos los establecimientos están obligados a emitir comprobantes electrónicos, sino que ello se dará de forma progresiva en los próximos años, según un cronograma establecido por la Sunat.
Es por ello que la Sunat ha habilitado un portal para que el consumidor sepa qué establecimientos ya están obligados a entregar comprobantes electrónicos y de esta manera puedan exigir este documento que les ayudará para reducir el pago de sus impuestos.
Las personas pueden consultar el portal en este enlace. Allí pueden ingresar el nombre o RUC del establecimiento, tras lo cual aparecerá un aviso que indicará si el establecimiento está obligado o no a emitir comprobantes electrónicos.